TSJ permite al BCV solicitar préstamos sin autorización de la AN

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El abogado Carlos Ramírez López, explicó que la sentencia realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, convierte al Banco Central de Venezuela en una entidad privada, por lo que el presidente, Nelson Merentes, podrá solicitar un préstamo de un millardo de dólares al Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), el cual habría sido rechazado por la Asamblea Nacional.

En este sentido, Ramírez López, comentó que la sentencia fue aprobada durante la noche del pasado miércoles, donde firmaron también ex magistrados revocados, siendo “un truco” para lograr dicho préstamo.

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Por lo tanto, el Parlamento no tendrá control sobre los contratos de interés nacional que establece la Constitución de Venezuela en el artículo 150, el cual dice lo siguiente:

“La celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley. No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea Nacional…” cita el artículo.

La sentencia publicada el miércoles está registrada bajo el número 619 del 20 de julio de 2016. Expediente 16-0683.

Así fue publicada por los magistrados la sentencia a favor del Banco Central:

“La relación de control (de la Asamblea Legislativa) no supone poder de inmiscuirse en las operaciones que realice el Banco Central de Venezuela (porque) “Ello atentaría contra la eficiencia que deben revestir las operaciones del Banco, las cuales deben estar dotadas de la flexibilidad y eficacia derivadas de la autonomía de la cual goza el Banco, y de las finalidades y objetivos que tiene atribuidos.”

El abogado manifestó que se trata de una sentencia “exprés, que se basa en una sentencia anterior que cita como “caso Hermann Escarrá” y concluye en que el préstamo que tramita el BCV con este organismo FLAR ‘no debe considerarse como un contrato de interés público nacional, y, por ende, no está sujeto a la autorización de la Asamblea Nacional’” dijo.

 

 

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