Este año el plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) vence el 31 de marzo. Sin embargo, como ese día será inhábil, por tratarse de un domingo, el plazo será prorrogado hasta el primer día hábil siguiente, es decir, el lunes 1° de abril, tal como estipula el Código Orgánico Tributario (COT).
En esta ocasión las declaraciones deberán ser calculadas con base en 90 bolívares por unidad tributaria (UT). Además, en el caso de las personas naturales, sólo aquellas cuyo enriquecimiento global neto por año supere las mil UT, están obligadas a declarar el ISLR, así como aquellas cuyos ingresos brutos sean mayores a 1.500 UT. Por otra parte, las personas jurídicas, independientemente de su monto de ingresos, estarán obligadas a presentar la declaración definitiva de rentas, si se trata de compañías anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades en nombre colectivo, sociedades de personas, comunidades, titulares de enriquecimiento por actividades de hidrocarburos y afines, así como asociaciones, fundaciones y corporaciones, establecimientos permanentes y empresas propiedad de la Nación, los estados o los municipios.
Las personas naturales cuya determinación del ISLR arroje impuesto a pagar, podrán presentar su declaración definitiva a través del portal fiscal www.seniat.gob.ve o por medio de los formularios Forma DPN 25 y Forma DPN NR 25, los cuales se adquieren en las oficinas de Ipostel en todo el país. Al mismo tiempo, podrán pagar el monto hasta en tres partes iguales los días 1 y 22 de abril y 10 de mayo, respectivamente. Para aclarar dudas sobre este proceso, puede consultarse el documento disponible tras seguir las secciones Educación aduanera y tributaria, Tributos, Preguntas frecuentes e Impuesto sobre la renta en el portal de Internet www.seniat.gob.ve.
Foto: Dedwison Álvarez