El Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico, a través de la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.526 publicada el miércoles 8 de abril, determinó las áreas geográficas en las cuales la Corporación Venezolana de Minería, S.A. (CVM) puede ejecutar actividades mineras para la explotación del oro y diamantes en el Arco Minero del Orinoco.
En la resolución considera como zonas estratégicas para la explotación de minerales ríos como el Caura, Cuchivero, Aro, Yuruari, Cuyuní y Caroní, cuencas vitales para la Amazonía.
Todo esto con el objetivo de “estimular las actividades asociadas a los recursos minerales que posee el país y el aprovechamiento de los recursos naturales”, indica la gaceta.
Además, resaltan que toda actividad minera se debe realizar bajo el principio de desarrollo sustentable, conservando la diversidad ambiental y respetando a las comunidades indígenas que hacen vida en estas zonas.
No obstante, el Arco Minero del Orinoco se convirtió en un área de alta contaminación, destrucción ambiental y que ha servido de combustión para la violencia en el sur del estado Bolívar, protagonizada principalmente por grupos armados amparados por las Fuerzas Armadas.
Además, la explotación a todo dar sin el equipamiento correspondiente ni con la tecnología necesaria, representa un impacto fatal para el medio ambiente y pone en riesgo tanto a la biodiversidad como a las comunidades originarias que habitan en la zona.
Por otra parte, la Comisión de Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático de la Asamblea Nacional considera ilegal el decreto del Ejecutivo y se declararon en sesión permanente. Aunado a esto, anunciaron que están desarrollando un proyecto de ley aprobatoria de la Convención de Minamata sobre la regulación del mercurio.
Asimismo, Maugimer Baloa, diputada por el estado Amazonas, aseguró que el decreto aumentará la violencia en la región: “Ya bastante daño hacen las fuerzas irregulares desplazando a los indígenas de sus territorios para que con este decreto se desplacen también los animales y se elimine más vegetación única en el mundo”.
Los parlamentarios recalcaron que esta decisión del régimen de Maduro va en contra de la Constitución de la República y que no favorece ni protege a al medio ambiente y a los pueblos originarios.
El artículo 129 de la Carta Magna establece que es una obligación realizar un estudio ambiental y sociocultural en las actividades que puedan causar graves daños al ecosistema. A este se le suma el artículo 120 que el aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas “se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas”.
A pesar de esto y que el país está enfrentando la pandemia del Covid-19, el banco ilegal de Maduro pretende continuar con sus actividades con el objetivo de poder seguir manteniendo económicamente a la dictadura, a través de la explotación ilegal de los recursos mineros y sin medir los daños ambientales que estas generan.
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