La solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano venezolano Ernesto Luis Quintero Méndez, a fin de que sea enjuiciado en territorio venezolano por la presunta comisión de los delitos de estafa continuada, declaró procedente la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
La decisión está sustentada en lo tipificado en el artículo 462 en concordancia con el artículo 99, ambos del Código Penal; apropiación de fondos o valores, previsto en el artículo 51 de la Ley de Mercado de Valores; legitimación de capitales, sancionado en el artículo 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada vigente para la fecha del hecho, y asociación, contemplado en el artículo 6 de esta misma norma.
El inicio del procedimiento de extradición activa del referido ciudadano ante el TSJ lo inició el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, instancia judicial que decretó orden de aprehensión en su contra tras la investigación penal que lo vincula a hechos irregulares ocurridos con varias empresas dedicadas a las operaciones con títulos valores en la ciudad de Maracaibo. Entre otros hechos presuntamente irregulares, Ernesto Luis Quintero Méndez se encargaba de realizar captaciones de inversiones a través de una sociedad mercantil no autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores por tener su sede en el exterior del país.
En el dictamen 154-2019, la Sala, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, asume el firme compromiso ante el Reino de España de que Quintero Méndez será procesado por los delitos ya mencionados con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales, consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y destacó que en una eventual sentencia condenatoria se tomará en cuenta el tiempo que estuvo detenido en el Reino de España, revela la información emanada del TSJ.