Son temas con características muy especiales, importantes, fundamentales, valiosas, considerables, significativas, primordiales y trascendentales. Entendemos por derechos humanos como derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición. Todos gozamos de los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
El derecho internacional establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas o grupos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, se dispuso que todos los Estados, tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y las debidas garantías procesales, como por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito. Los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, educativos, de la vida, de igualdad, , de libertad de expresión, de trabajo, de seguridad, colectivos, de desarrollo y de libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. Igualmente, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de los derechos humanos y se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:”Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
Ahora bien, en lo que tiene que ver con la impunidad, podemos decir que, es la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas.
La impunidad constituye una infracción de las obligaciones que tienen los Estados de investigar las violaciones, adoptar medidas apropiadas respecto de sus autores, especialmente en la esfera de la justicia, para que las personas sospechosas de responsabilidad penal sean procesadas, juzgadas y condenadas a penas apropiadas, de garantizar a las víctimas recursos eficaces y la reparación de los perjuicios sufridos de garantizar el derecho inalienable a conocer la verdad y de tomar todas las medidas necesarias para evitar la repetición de dichas violaciones. La impunidad es sin duda uno de los problemas más graves que aflige al continente, y Venezuela no escapa de este cáncer.
Además, es uno de tantos males venezolanos que necesitan respuestas. Como dijo Roht-Arriaza, la impunidad es uno de los obstáculos más serios para un adecuado disfrute de los derechos humanos, la paz, la democracia y consolidación de un auténtico Estado de Derecho. La impunidad es un proceso aberrante que impide el derecho a la justicia, a la verdad, y que conculca los principios básicos de los derechos humanos tal cual se han ido construyendo, a través, de la historia de la humanidad.
Se caracteriza, básicamente, por negar el derecho a la justicia y a la verdad, a partir de la promulgación de leyes aberrantes, y de la omisión de los deberes y obligaciones por parte de los Estados. Venezuela en los próximos seis años está en la obligación de revisar algunas leyes, algunos artículos, para dar una mejoría a la justicia venezolana, que actualmente, no ofrece nada buena a los ciudadanos que claman justicia. Bolívar dijo: “Nada se ha hecho cuando aún falta qué hacer”.
#opinión: Derechos humanos e impunidad por: Rafael Torres
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