Milagro Gómez de Blavia: Concejo Municipal no puede instigar investigaciones penales

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La concejal del municipio Iribarren, Milagro Gómez de Blavia, salvó su voto con respecto a la decisión  adoptada por la Plenaria en la sesión del consejo municipal del pasado 17 de enero, referido a la solicitud de Investigación al ciudadano Arzobispo de la Diócesis de Barquisimeto, por una infundada imputación mediática por los inexistentes «delitos de odio».

La concejal manifestó a través de un comunicado que «lo ocurrido el día de la procesión de la Divina Pastora, donde le imputan supuestos delitos de instigación al Odio al Arzobispo de Barquisimeto, Monseñor Antonio López Castillo, no es ningún acto que sea sujeto de sanciones penales.  En ningún momento, el alto prelado hizo alusión o imputación directa a ningún funcionario público sobre el hecho notorio de la carencia de alimentos y la alarmante corrupción presente en las instituciones públicas» puntualizó.

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Comunicado íntegro:

 

Quien suscribe, Concejal Milagro Gómez de Blavia, en nuestra condición de Concejal del Municipio Iribarren del estado Lara, en uso de las atribuciones propias del régimen parlamentario que prela en órganos colegiados, en específico, el artículo 81 del Reglamento Interior y de Debates, expreso de manera fehaciente e inequívoca, nuestro VOTO SALVADO con respecto a la decisión adoptada por la Plenaria en la sesión de fecha 17.01.2018, referido a la solicitud de Investigación al ciudadano Arzobispo de la Diócesis de Barquisimeto, por una infundada imputación mediática por los inexistentes «delitos de odio» que no existen en nuestra Constitución ni en leyes de la República, procedemos en este acto a manifestar nuestro VOTO SALVADO basado en las siguientes premisas y consideraciones que soportan nuestra decisión concurrente:

 

  • En ninguna de las disposiciones constitucionales, legales o reglamentarias vigentes, le confieren a este Concejo Municipal las facultades para exhortar a las autoridades competentes para la apertura o no de procedimientos penales en contra de cualquier ciudadano, independientemente si éste es autoridad pública, eclesiástica o sin ninguna potestad.  El Concejo Municipal no puede instigar investigaciones penales, salvo que, sean delitos relativos al patrimonio público del Municipio Iribarren o dentro del ámbito de intereses o potestades propias del Municipio Iribarren.  Exhortar para que se inicien investigaciones penales por hechos circunscritos a una interpretación sobre un sermón eclesiástico es sencillamente retrotraer este Concejo a etapas de oscurantismo laicista propias del guzmancismo liberal del siglo XIX.
  • Lo ocurrido el día de la procesión de la Divina Pastora, donde le imputan supuestos delitos de instigación al Odio al Arzobispo de Barquisimeto, Monseñor Antonio López Castillo, no es ningún acto que sea sujeto de sanciones penales.  En ningún momento, el alto prelado hizo alusión o imputación directa a ningún funcionario público sobre el hecho notorio de la carencia de alimentos y la alarmante corrupción presente en las instituciones públicas.  En su obligada actitud como pastor de la grey católica larense, elevó sus sinceras plegarias para la intercesión de nuestra santísima Virgen María ante tanto corazón blindado por la mezquindad, el sectarismo, la idolatría humana y la ceguera desconocedora de una lacerante realidad venezolana.  Desde 1965, la Iglesia Católica contemporánea fruto del Concilio Vaticano II, ha potenciado su mensaje social ante cualquier situación de injusticia creada por las estructuras injustas, sea cual sea su ideología subyacente.  Su alta investidura, amén de las consideraciones del Derecho canónico, le obligan para que se pronuncie sobre precisamente lo perverso de esta realidad venezolana.  No es un problema exclusivo del Presidente de la República o de un funcionario determinado.  El origen de estos males sociales están radicados en el sistema socio-económico que ha venido convirtiéndose en un estado de excepción permanente.  Basta con observar la quinta prórroga que el Presidente de la República ha concedido al estado de excepción económica la que genera estas distorsiones.
  • La Iglesia y su acción social en el siglo XXI no puede contentarse –como parece interpretarse de quienes hoy piden cárcel al Arzobispo por propiciar supuestos delitos de odio– en evocar ritualismos estériles y la tentación arrinconante de regresar a una sociedad utópica que se contentaba con indicar pecados y la falsa oración.  Nuestra época -apunta San Juan XXIII- “(…) está azotada y penetrada de errores radicales, está desgarrada y alterada con profundos desórdenes; pero es también una época que abre inmensas posibilidades de bien al espíritu generoso de la Iglesia (…)” [Carta Encíclica: Mater et Magistra, 1961, nº 260].  Por otra parte, la invocación y la denuncia de Monseñor Antonio López Castillo ante el desgarrador viacrucis en que han convertido a Venezuela quienes debían transformarla en lo más cercano a un paraíso, es el cumplimiento de una tradición de obispos venezolanos que en otros tiempos también alzaron su voz contra la opresión, el desaliento y las desviaciones que olvidan lo que Maritain denominaba realidad superior de persona sobre las ideologías [Cfr. Maritain, Jacques:  Los Derechos del Hombre.  Buenos Aires, Editorial La Pléyade, 1972, pág. 11].
  • Sorprende que nuestros pares del oficialismo condenen por las palabras del Arzobispo, éstas últimas, pidiendo a la Divina madre protectora de Lara (Divina Pastora), nos libre de las pestes modernas que en Venezuela se encarnan en el hambre, la falta de medicinas y la corrupción.  No entendemos cómo en  la misma  sesión se autoriza al Alcalde para la constitución de una empresa para comercializar alimentos y paliar la emergencia alimentaria, reconociendo que existe un drama de hambre crónica y dificultad para acceder a la mínima existencia vital; y a la par, se exhorta a una investigación penal contra un alto prelado de la Iglesia por denunciar que el pueblo tiene hambre.  Es increíble la contradicción no sólo política, sino ideológica presente en los concejales del oficialismo, que para efectos históricos es imprescindible dejar sentado en las actas de este Concejo Municipal Bolivariano de Iribarren.

 

Por todo lo anterior, SALVAMOS NUESTRO VOTO en este punto relativo a la condenatoria injustificada e impertinente para este Concejo Municipal, contra el Ciudadano Arzobispo de la Ciudad de Barquisimeto, Monseñor Antonio López Castillo.

Es todo.

Concejal Milagro Gómez de Blavia

Barquisimeto 17 de enero de 2018

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