“Una civilización que deja un número muy grande de sus participantes insatisfechos y los conduce a la revuelta no tiene, ni merece, la perspectiva de una existencia duradera”.
Sigmund Freud.
Sigmund Freud (1856/1939) fue un médico neurólogo, austriaco, padre del psicoanálisis y una de las mayores figuras intelectuales del siglo XX. La división de opiniones que la figura de Freud suscita podría resumirse del siguiente modo: por un lado, sus seguidores le consideran un gran científico en el campo de la medicina, que descubrió gran parte del funcionamiento psíquico humano; y por otro, sus críticos lo ven como un filósofo que replanteó la naturaleza humana y ayudó a derribar tabúes. (F: Wikipedia)…
Apegado a lo expresado por el abogado Juan Garay en su análisis sobre la Constitución Nacional:
Artículos 57 y 58 CN: “La libertad de expresión es una de las más famosas conquistas civiles del hombre, consagrada en todas las constituciones del mundo civilizado y reprimida a menudo con cárcel, cierre de periódicos y quema de libros en la plaza pública. La censura previa a los escritos, prohibida en el artículo 57 (de nuestra Carta Magna) estuvo muy extendida en el siglo XX en los países totalitarios y dictaduras.
Siendo la comunicación libre y plural constitucionalmente, y siendo más fuerte la arremetida contra los monopolios en esta última Carta Magna que en la anterior y a sabiendas que la Ley de Libre Competencia castiga con multas y nulidad las prácticas limitativas de la libre competencia y que una forma de combatir los monopolios es la libre competencia. El artículo 113 constitucional no solamente ataca al monopolio comercial propiamente dicho sino a las formas que lleven al mismo resultado, a empresas que por cualquier razón adquieran una posición de dominio y atraigan la demanda de sus productos o servicios desmesuradamente.
Hay dos tipos de monopolios. Uno, el que tiene protección oficial por tratarse de servicio público, no permitiendo a ninguna otra persona que fabrique o suministre el mismo producto. Otro, cuando existiendo la libertad de empresa en ese campo, solamente hay una capaz de suministrar un determinado producto…
Por otra parte los monopolios oficiales, al no tener competidores de otras empresas, se convierten con el tiempo en abusadores del público y llega el momento en que hay que abrir las puertas para que entre el aire fresco de la libre competencia.”
El camino de la paz es la seguridad jurídica, ejecutada a través de la justicia honesta, bajo el respecto del espíritu, propósito y razón del legislador probo, plasmado en el estamento legal venezolano con la firmeza otorgada por los preceptos tradicional e internacionalmente aceptados que han servido de génesis a legislaciones de otros países.
Es inaceptable que en Venezuela presuntamente se haya limitado la distribución del papel utilizado por la prensa escrita y restringido o eliminado medios de comunicación audiovisuales, en forma supuestamente no muy claras.
Hay delitos que no prescriben y el ejercicio del poder acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de la Constitución o de la ley. El Estado está obligado a responder por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.
EL IMPULSO es un patrimonio larense más longevo que el obelisco.