“¿Ustedes se van a calar otras elecciones donde la oligarquía tenga algún triunfo?”, expresó Nicolás Maduro ante sus acólitos durante un acto proselitista, cuando aún estaba fresca la tinta con que se imprimieron las decisiones dictadas por cinco jueces penales que contra toda lógica jurídica suspendieron la recolección del 20 % de las manifestaciones de voluntad para revocar al presidente.
“Nooooooo”, se respondió a sí mismo el mandatario nacional. “Después de estas palabras, poco queda por agregar”, señaló el periodista César Miguel Rondón en su editorial del día siguiente.
Ante la violencia institucional que un acto como éste representa para 30 millones de venezolanos, arropados por el derecho a decidir en las urnas quién quieren que los gobierne o no, consultamos a tres juristas de destacada trayectoria académica para analizar la trascendencia de los últimos acontecimientos en la vida nacional.
La conclusión es unánime: estamos en dictadura. Pero a diferencia de quienes practican el atropello y la dominación con la esperanza de afirmarse en el poder, ellos plantean abrazar la letra de la Constitución que apunta la solución al problema. “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”, no en una institución.
Carlos Ayala Corao
Expresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Profesor de Derecho Constitucional UCAB
La convocatoria del referendo revocatorio es un derecho constitucional cuyos requisitos están previstos en la Constitución, y como tal, conforme la propia Constitución, la obligación de los órganos del Poder Público no es sólo respetar, sino facilitar su ejercicio. Eso ocurre en virtud de un valor supremo que establece que el Estado tiene como característica de su forma de gobierno la participación política, lo que en la Carta Magna quedó establecido como un derecho literal así como la obligación del Estado de promoverla.
Ahora, la iniciativa de su convocatoria le corresponde al pueblo de Venezuela, ni siquiera a un partido político. La Constitución establece en su artículo 72 que el 20 % de la población electoral de la circunscripción que eligió a un funcionario puede convocar su revocatorio, y es esta población la que puede revocarlo. Recordemos que Maduro perdió en varios municipios y estados, sin embargo, como la circunscripción electoral era nacional, ganó las elecciones.
Eso además de ser un requisito constitucional está reiterado en la jurisprudencia vinculante, y subrayo vinculante, de la Sala Constitucional, y por si fuera poco, además está en las normas para el referendo dictadas por el Concejo Nacional Electoral en 2007. No es competencia de interpretación de la Constitución ni de la Sala Electoral, ni mucho menos de un tribunal penal. Es competencia en primer lugar del CNE, que debe guiarse por lo que dice la Constitución y esas normas del 2007.
De tal manera, que esas medidas de los jueces penales son absolutamente arbitrarias, usurpan las funciones del CNE y los derechos del pueblo venezolano. No puede un juez, y menos por razones arbitrarias, impedirle a un pueblo expresarse.
Lo que está pasando, viéndolo objetivamente, es que el Poder Judicial está secuestrado por el PSUV. No está integrado por jueces independientes e imparciales, sino por políticos con toga, que están dictando actos políticos que no son sentencias. Es por eso que hemos visto tantas arbitrariedades, pero por encima de eso se encuentra la Constitución y por supuesto la soberanía popular.
¿Cómo se ejerce la soberanía popular en un escenario como éste?
Recordemos que la propia Constitución establece que en caso de que haya una ruptura del orden constitucional le corresponde al mismo pueblo restablecerlo. El pueblo tiene que continuar adelante con la iniciativa del referendo revocatorio y pararse frente al CNE, porque es ésta institución la que está vinculada directamente con la Constitución para hacer viable, garantizar y facilitar el ejercicio del derecho a la participación popular.
Aún existe en la Sala Constitucional una acción interpuesta por el PSUV en relación con el supuesto fraude de las firmas. ¿Qué se puede esperar de un eventual pronunciamiento de esta instancia?
Ningún tribunal, ni siquiera la Sala Constitucional, puede anular un derecho constitucional. De tal manera que una decisión en ese sentido no solamente usurpa las funciones del CNE, sino que es una ruptura del orden constitucional.
¿En términos del derecho internacional en materia de derechos humanos, hay algo que se deba y pueda hacer en el caso de Venezuela?
Yo creo que los acontecimientos de los últimos meses, que vienen desarrollándose en una especie de autogolpe en cámara lenta (y por menos que esto se calificó de autogolpe el cierre del Congreso peruano por parte de Fujimori), hacen que hoy en día estén claramente configurados los supuestos previstos en la Carta Democrática Interamericana para determinar la ruptura del orden constitucional. El nuestro establece que hay una soberanía popular que elige a sus representantes en la Asamblea Nacional, quienes son los que controlan al Poder Ejecutivo y los que legislan, y esas facultades han sido secuestradas y anuladas por el gobierno a través del TSJ.
¿Qué debería pasar entonces?
Que los propios gobiernos, y esto es una especie de ironía, ante la evidencia brutal de la ruptura del orden constitucional que está ocurriendo en Venezuela, tomen medidas diplomáticas de mucha mayor intensidad bajo la Carta Democrática Interamericana, para lograr con esa presión internacional junto con lo que hagamos los venezolanos, que se pueda restablecer el orden democrático.
Francisco Paz
Director de la Escuela de Derecho de la UCV
La verdad es que ya suena como absurdo hacer consideraciones jurídicas sobre unos actos que no tienen ningún tipo de validez ni sustento legal, que son todo un invento.
Casualmente, cinco tribunales el mismo día, en cinco distintos estados, dictan la misma decisión. A mí eso se me parece mucho a una figura del derecho penal que se llama concierto para delinquir, porque están atentando sin ninguna duda contra un derecho fundamental de todos los ciudadanos, tanto de los que quieren activar el revocatorio como de los que no, porque están cercenando su derecho a manifestar su opinión de cómo resolver el problema político gravísimo que nos aqueja.
Fundamentalmente lo que está pasando es la conculcación del derecho político activo, una vertiente del derecho al sufragio, que se está viendo impedido a través de manipulaciones judiciales.
¿Ante este escenario, qué le queda hacer a los ciudadanos?
Hacer lo que manda la Constitución en el artículo 333, desconocer todos estos actos de fuerza que violentan los preceptos de nuestra Carta Magna. Hay que destacar, ellos nos colocaron a todos quienes queríamos resolver este problema por la vía pacífica electoral, en otro escenario.
¿Y qué cree que debería hacer la comunidad internacional?
Activar los mecanismos que tiene cada organismo. Yo esperaría que la Carta Democrática Interamericana cuya activación ya fue solicitada, ahora que se ha configurado una clara ruptura del orden constitucional traiga las consecuencias que tiene que traer.
Cuando digo esto no me refiero solamente a las decisiones del jueves pasado, sino a la cadena de eventos que han venido sucediendo en los últimos días, tal como la sentencia de la Sala Electoral que señaló que la recolección del 20 % es por estado, todas las trabas que se han puesto al referendo revocatorio, la gravísima violación a la Constitución que constituye la auto aprobación del presupuesto nacional por parte del Ejecutivo, y la exigencia impuesta a los alcaldes para que lo acaten como condición a la entrega del situado constitucional.
Juan Carlos Apitz
Coordinador Académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, Favorecido por una sentencia de la Corte-IDH que constató la politización del Poder Judicial venezolano
Aquí hay un solo poder que intenta sobreponerse al resto de los poderes públicos, unos por secuestro y otros por invasión, como pasa con el Legislativo. Y este poder es el Ejecutivo encabezado por Nicolás Maduro, por lo cual, sin lugar a dudas, podemos decir que en Venezuela el gobierno devino en dictadura, donde una sola persona gobierna, no tiene limitaciones de ningún tipo y promulga y cambia las leyes a su antojo.
Esa es la definición clásica de dictadura y eso se cumple de manera exacta en Venezuela, por lo que la única salida que tienen hoy los venezolanos es darle vigencia al artículo 68 constitucional: todos tienen derecho a manifestar pacíficamente y sin armas. A la calle.
¿Usted considera que desde la comunidad internacional debería hacer un pronunciamiento?
Ante la posibilidad de que se active la Carta Democrática Interamericana porque se ha roto evidentemente el hilo constitucional, yo debo decir que lo primero que debemos entender nosotros los venezolanos es que nuestros problemas internos los resolvemos nosotros, y que ese mecanismo es un complemento a la respuesta que le demos a esta situación.
Esto no se va resolver con que vengan unos países a opinar sobre lo que está pasando aquí, o tomen algunas medidas de carácter diplomático. La solución de los problemas de Venezuela pasa por la presencia activa y persistente de los ciudadanos en la calle reclamando sus derechos y presionando para que el gobierno frene su embestida dictatorial.
¿Cómo interpreta el acatamiento por parte de las rectoras del CNE de las decisiones de los tribunales de Aragua, Carabobo, Bolívar, Monagas y Apure, así como la querella por un presunto fraude electoral?
Los tribunales penales no son competentes en primera fase para conocer de delitos electorales, sino que eso le corresponde al CNE, y si éste considera que se ha cometido algún ilícito instruye al Ministerio Público para que abra una investigación y, luego, si se determina la comisión de algún delito es cuando esa institución le solicita a un tribunal penal que inicie un juicio para determinar si esas personas son culpables y condenarlas.
Es muy importante el contenido del artículo 138 constitucional, que dice: toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos. Desde que yo te afirmo que un tribunal penal no es el competente en primera fase para conocer de delitos electorales, yo te estoy diciendo que ellos están usurpando unas funciones que no les corresponden, por lo tanto sus actos son nulos. Que las rectoras del CNE digan que van a acatar unas decisiones que son nulas devela una complicidad institucional para favorecer al gobierno y terminar suspendiendo el derecho al revocatorio, que es un derecho político de todos los ciudadanos.