Hermann Escarrá, abogado constitucionalista, afirmó en una entrevista a Unión Radio que la inmunidad parlamentaria solo aplica para los diputados que se encuentren dentro de la Cámara, “pero cuando cometan delitos de opinión fuera de ella no es aplicable la inmunidad”, reseñó El Nacional.
“Si usted ofende de injuria y vilipendia como producto de una investigación dentro de la Cámara no pasa nada, pero si lo hace sin función parlamentaria fuera de la Cámara, y lo hace en una rueda de prensa, por ejemplo, yo si puedo proceder a un juicio civil y penal contra el diputado”, dijo Escarrá.
El abogado afirmó que la Asamblea Nacional puede ejercer el control político, administrativo y generar los debates que considere, pero aclaró que “no puede tomar decisiones que tienen que ver con sus competencias establecidas en la Carta Magna, hasta tanto no se restablezca el orden constitucional”.
Escarrá dijo que el TSJ decidió suspender a los diputados del estado Amazonas por razones de “corrupción y una serie de aspectos de orden material que violentaban la norma”.
“Ellos tomaron una medida cautelar nominada, es decir suspenden la incorporación de los diputados, hasta tanto se resuelva el caso (…) hubo un momento que fue cuando la junta directiva (de la Asamblea) los juramenta y, desacatando la decisión que había tomado el Tribunal Electoral del TSJ, la sala Constitucional se pronuncia para decir que aquellas decisiones que se emanen del Parlamento, no tendrán validez alguna”, expresó.