Luis Emilio Rondón: No existe asidero jurídico para suspender el referendo

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Sería un despropósito completo por parte del Tribunal Supremo de Justicia, el ir en contra de una solicitud de activación de un proceso establecido en la carta magna y claramente señalado de una democracia participativa y protagónica.

Así lo manifestó este martes por el rector principal del Consejo Nacional Electoral, Luis Emilio Rondón, quien consideró que no existe asidero jurídico para suspender el proceso de referendo revocatorio, ya que el recurso introducido por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) ante la sala constitucional, no demuestra que exista responsabilidad directa por parte del solicitante, en este caso la MUD, con respecto a la firma de personas fallecidas en la recolección del 1%.

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“Como abogado puedo opinar que cuando uno hace las consideraciones de índole jurídicas, hay dos variables que siempre deben estar presentes para que este tipo de recursos procedan, la primera de ella que esté dada la condición de engaño, soborno, que vaya en contra de un acto de determinación de la voluntad electoral y el segundo corresponde a la incidencia, es decir que ese número de voluntades o de votos tengan incidencia sobre el resultado final”, precisó.

Indica que aunque el ente comicial constató nombres de personas fallecidas en los listados de recolección de voluntades del 1%, el número no incidió en la decisión de activación de la segunda fase del revocatorio, ya que la oposición consignó más del doble de las firmas de las requeridas y que también fueron verificadas.

En este sentido, aclaró que la responsabilidad de aquellas personas que presuntamente firmaron por fallecidos, debe ser individual y bajo ninguna manera puede afectar el proceso de activación del referendo revocatorio establecido en la Constitución.

“A mi juicio no habría necesidad alguna de afectar una solicitud. Prevalece siempre el interés, por una parte, de preservar la voluntad de los electores de activar todos estos mecanismos, y por la otra no puede afectar una decisión de índole de efectos generales señalados por un número de venezolanos, sobre la base de un señalamiento, que a mi juicio deberían ser evaluados desde el punto de vista individual. Si están dadas las condiciones o las responsabilidades individuales, entonces que se establezcan las sanciones a que haya lugar”, sostuvo el rector.

Rondón además precisó que la data de las personas fallecidas encontradas en las planillas de recolección del 1% no fue entregada a ninguno de los actores políticos, por lo tanto el recurso introducido por el Psuv ante el TSJ estaría sustentado en las consideraciones generales de un informe emitido por el Consejo Nacional Electoral, donde se dieron todos los detalles de la recolección de voluntades y que fue presentado por la rectora Tibisay Lucena.

“Se tendría que preguntar al Psuv en base a cuál información ellos formularon su escrito de denuncia, porque no reposa en ninguna de las actas que nosotros en el CNE hayamos entregado la información de los fallecidos a los actores políticos”, sostuvo.

Finalmente el también presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del CNE, afirmó que el poder electoral está en la obligación de realizar las elecciones regionales este año, en vista que vencen los períodos de los gobernadores.

“Estamos obligados a convocar las elecciones regionales este año porque así lo dicta la Constitución”, dijo.

 

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