El decreto de emergencia económica, que nunca fue aprobado por la Asamblea Nacional, no justifica evadir la responsabilidad que tiene el Presidente de la República, Nicolás Maduro, para presentar ante el Poder Legislativo el proyecto de Ley del Presupuesto Nacional.
Así lo afirmó el Dr. Joel Rodríguez Ramos, abogado constitucionalista, quien manifestó que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es muy precisa al fijar la obligación de presentar ese instrumento a la consideración de los diputados electos por el pueblo.
En este sentido dijo que el artículo 313 de la Constitución contiene una serie de normas relacionadas con esa materia, como la de que los diputados pueden interpelar a los ministros sobre el objetivo de las disponibilidades asignadas a sus despachos, el cuerpo legislativo tiene incluso facultades para alterar las partidas, pero en ningún caso para disminuirlas, determinar los objetivos de largo plazo y en fin, ejercer el control relacionado con el gasto público.
Es por ello que el Ejecutivo Nacional, y concretamente el Presidente de la República, debe estar consciente de la enorme responsabilidad que tiene de consignar ese proyecto al Poder Legislativo.
No tiene, por consiguiente, Maduro ningún derecho de excepción para anunciar que entregará el proyecto presupuestario a la consideración del Tribunal Supremo de Justicia, porque de hacerlo estaría incurriendo éste organismo del Poder Judicial en usurpación de funciones.
Y toda usurpación, según lo estipula la propia Constitución, es nula.
Por otra parte, el artículo 314 de la Constitución establece que el Ejecutivo Nacional no puede hacer ningún tipo de gasto sin previamente ser autorizado por la Asamblea Nacional.
Esto significa que no podrá hacer empréstitos o contraer compromisos que no hayan sido aprobados previamente por el Poder Legislativo.
En consecuencia, Maduro está violando la Constitución al decir que consultará al Tribunal Supremo de Justicia para no cometer errores.
Sabe él perfectamente que la Constitución ha establecido cinco poderes públicos nacionales y que todos ellos están sujetos al control del Legislativo.
No puede desconocer a este poder porque está legitimado y junto con el Ejecutivo son los únicos que el pueblo elige mediante el proceso electoral. De allí que Maduro no puede obviarlo por capricho.