A través del Decreto Presidencial N°. 2.360, publicado en la Gaceta Oficial N°. 40.932 de fecha 23 de junio de 2016, se prorroga hasta el viernes 8 de julio de 2016 el horario especial laboral, desde las 8:00 a. m. hasta la 1:00 p. m., para los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, establecido mediante Decreto Nº 2.352, de fecha 10 de junio de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.923, de la misma fecha.
La disposición establece que se prorroga hasta el viernes 8 de julio de 2016 el horario especial laboral, desde las 8:00 a. m. hasta la 1:00 p. m., para los órganos y entes de la Administración Pública Nacional.
Asimismo, la ejecución del Decreto fue puesta en manos del Vicepresidente Ejecutivo, los Vicepresidentes Sectoriales, los Ministros y Ministras del Poder Popular y las máximas autoridades de los entes de la Administración Pública.