Se violó todo el ordenamiento jurídico

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El nombramiento de 13 magistrados y 21 suplentes del Tribunal Supremo de Justicia por parte de los diputados salientes de la Asamblea Nacional, violó todo el ordenamiento jurídico del país, firmó la organización no gubernamental Acceso a la Justicia.

El acto precipitado dictado el pasado 23 de diciembre, justo un día antes de que terminara el período de impugnación que podían hacer los ciudadanos a los postulados, necesariamente se tuvo que saltar un gran número de garantías democráticas, afirmó la ong.

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“Para lograrlo en tan poco tiempo tuvo que violar la Constitución (artículo 264), la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (artículos 38, 70, 71, 73 y 74), el Reglamento del Comité de Postulaciones Judiciales (artículos 24 y 31) y el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional (artículos 58 y 64), sin hacer mención a todos los principios y normas internacionales sobre independencia judicial, separación de poderes y democracia”, declaró un comunicado.

Así mismo, la organización no gubernamental desmintió al presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, quien aseguró haber cumplido con la Constitución, “e incluso que la respeta”. “Sobre esto, es importante aclarar que decir algo varias veces, no hace que se vuelva cierto”, señaló la ong

Recuerdan además, como un acto de injuria, que “a las irregularidades cometidas durante este proceso de selección y designación se añade la escandalosa declaración del presidente del Comité, Elvis Amoroso, quien el 22 de diciembre al informar que los candidatos a magistrados ya habían sido preseleccionados, afirmó que ese Comité cumplió con la Constitución, y además dijo que respetó el lapso de impugnación cuando en realidad no lo hizo”.

De igual forma, al enumerar la listan de irregularidades que marcaron el proceso de selección de magistrados, la ong indicó que el Comité de Postulaciones nunca se pronunció sobre las impugnaciones que se efectuaron de todos los postulados. “No publicó el baremo, no envió la lista de preseleccionados al Poder Ciudadano al día siguiente a la preselección realizada, y preseleccionó como magistrados a activistas políticos, a pesar de la expresa norma constitucional en contra (artículo 256)”.

En conclusión, “lo anterior denota cómo se han hecho cambios en el proceso de selección de magistrados sobre la marcha y según lo que se requiere y decide y no según la norma, que establece parámetros claros y fijos. Esto muestra que se trata de procesos politizados, y no constitucionales ni legales”.

 

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