Un Decreto Legislativo de Amnistía, el cual no requiere la aprobación del Presidente de la República, es la propuesta que realiza el Foro Penal Venezolano a la nueva Asamblea Nacional (AN), que se juramentará el próximo 5 de enero.
Según el documento presentado, se cuenta con una serie de pautas que deben ser cumplidas por todos los órganos del Poder Público, con el objetivo de evitar las violaciones a los derechos humanos y la impunidad. Además se prohíbe que el sistema de justicia venezolano se utilice como un «arma» de persecución política.
Alfredo Romero y Gonzalo Himiob Santomé, directivos de esta ONG, aseguraron que dicho decreto tiene su punto de partida en el proyecto de ley, presentado a la AN en el 2007, que fue apoyado por 19 mil firmas de ciudadanos y en esta oportunidad, se basa en el artículo 187 de la Constitución de la República, en el numeral 5, el cual establece que el Parlamento tiene la plena facultad para decretar amnistías; así como el Presidente puede conceder indultos, sin el control de los diputados, el parlamento puede apelar a la amnistía sin la autorización del primer mandatario.
«La concesión no ha de ser necesariamente de carácter jurídico, sino que puede asumir la forma de una gracia de libertad o de terminación definitiva de causas e investigaciones jurídicas y administrativas, es por ello que proponemos la formulación de un acto parlamentario sin forma de ley», argumentaron.
De igual forma para respaldar su planteamiento, se refirieron al artículo 74, el cual estipula que «no podrán ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto, las que modifiquen o establezcan impuestos, las de amnistía, así como aquellas que protejan, garanticen o desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales».
Destacaron que la Sala Constitucional no posee jurisdicción o poder para examinar un Decreto de Amnistía, por ser de índole político; solo podría revisarlo, en tal caso que se apruebe el decreto, si se violentasen los derechos humanos, tal como reza el artículo 29 de la Carta Magna, «el Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por las autoridades(…)Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía».
«Este esfuerzo no puede estar sujeto a mezquindades, a luchas por protagonismos estériles ni a egoísmos de ningún tipo. De la lucha por la libertad, por los derechos humanos y contra la persecución política, nadie es dueño ni protagonista exclusivo, así que este es un esfuerzo que es y será para todos los venezolanos. Nuestra propuesta está abierta para que todo el que así lo desee forme parte. Todo el que quiera trabajar en esta iniciativa es bienvenido porque Venezuela lo merece».