Mediante resolución del Ministerio para la Salud, publicada en la Gaceta Oficial N°. 40.803, se establece la regulación que obliga a la industria manufacturera de bebidas gaseosas y azucaradas, a advertir las consecuencias por consumo excesivo de las mismas.
La disposición establece que las bebidas gaseosas están obligados a rotular o usar etiquetas de advertencia de consumo, para indicar las enfermedades que podrían generar los productos en el organismo
«La presente resolución tiene por objeto regula el etiquetado y rotulación de los envases de las bebidas gaseosas y azucaradas, en todo el territorio nacional».
De acuerdo con la disposición, las industrias procesadoras de estos productos, tienen un plazo de dos meses, para adecuarse a lo establecido en la Resolución publicada en la Gaceta.