Un nuevo sistema de remuneración para los funcionarios de la Administración Pública Nacional, fue aprobado a través del Decreto Presidencial N°. 1.600, publicado en la Gaceta Oficial N°. 40.597, cuyo objetivo es regular la escala de sueldos para los funcionarias y funcionarias públicas de carrera en el sector público.
La aplicación de la escala establecida da derecho a la asignación de sueldo inicial o básico de cada/grado, según lo establece el nuevo tabulador.
La disposición establece que cuando el sueldo total del funcionario o funcionaria constituido por el sueldo inicial o básico aquí establecido más las compensaciones percibidas al 30 de enero de 2015, resulte superior a dicho sueldo, se mantendrá su remuneración total dentro del rango contemplado entre los mínimos y máximos correspondientes al grupo.
Queda entendido que en el sueldo básico establecido en el presente Decreto, se incluyen los ajustes realizados por incremento del salario mínimo nacional obligatorio.
Los órganos y entes de la administración pública nacional no podrán otorgar ingresos de carácter salarial distintos a los previstos en la escala establecida.
Se excluyen de la aplicación del decreto a los funcionarios y empleados al servicio de los órganos y entes de la administración pública con sistemas de remuneraciones y escalas salariales especiales.