El Sitme es el sistema a través del cual se negocian en el país bonos de deuda pública en dólares transables en bolívares, cuyas operaciones se realizan a través del Banco Central de Venezuela.
La nueva normativa del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (Sitme), entró en vigencia desde el 1° de enero de 2012, según la Resolución Número 11-11-02, emitida por el BCV y publicada el pasado 11 de noviembre en la Gaceta Oficial N° 39.798, se abren nuevas posibilidades tanto a personas naturales como jurídicas para obtener las divisas requeridas.
La necesidad de un mercado alterno para adquirir divisas yace en la insuficiencia en la asignación por parte del gobierno para cubrir la demanda, quien mantiene el monopolio cambiario mediante un férreo Control de Cambios desde febrero de 2003.
A pesar que el Dólar Paralelo y su divulgación están prohibidos por la Ley de Ilícitos Cambiarios, el llamado Mercado Permuta se considera legal porque no se adquieren las divisas directamente, sino a través de la transacción con bonos de la deuda pública denominados en dólares pero que son pagaderos en bolívares, a una tasa que solía ser variable con el mercado. Luego, el comprador los vende o negocia en el extranjero y obtiene las divisas que necesita para sus actividades económicas como importaciones, el pago de servicios, entre otros.
La modificación del Sitme, permitiendo que las entidades bancarias manejen cuentas en divisas en el mercado local, reduce los costos y los riesgos de transacciones y da la posibilidad a mayor cantidad de personas de realizar esta gestión en los bancos de su preferencia.
Además, con este nuevo sistema los venezolanos pueden transferir de su cuenta en dólares local a otras cuentas en el exterior, puesto que en el sistema financiero internacional no hay restricciones para transferencias entre cuentas propias.
Las restricciones son inherentes a los controles al origen de los fondos. Las empresas pueden realizar sus transferencias con sus casas matrices y las personas naturales entre sus cuentas dentro de las normativas internacionales.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Sólo las personas naturales y las personas jurídicas domiciliadas en el país, interesadas en realizar operaciones de compra, en bolívares, de títulos emitidos o por emitirse por la República Bolivariana de Venezuela, sus entes descentralizados o por cualquier otro ente, podrán hacer éstas en el Sitme, a través de bancos universales, bancos comerciales y entidades de ahorro y préstamo, los cuales a tales efectos se consideran Instituciones Financieras Autorizadas. Para ello se encuentran asignados montos específicos para cada supuesto.
El registro
El RuSitme es una aplicación administrada por el Banco Central de Venezuela, en el cual toda persona, natural o jurídica, interesada en realizar posturas con títulos en moneda extranjera a través del Sitme, sea como demandante u oferente, deberá registrarse por una sola vez, según los términos y condiciones para proceder la inscripción indicados por el BCV en su página web.
Para realizar el registro acceda al RuSitme en la dirección http://rusitme.extra.bcv.org.ve, el día que corresponda de acuerdo con el último número de la cédula de identidad (persona natural) o del RIF (persona jurídica), y pulse el botón “Registrarse”.
Se desplegará una pantalla que le solicitará “Datos básicos para el registro del usuario”, los cuales deberá suministrar para formalizar su inscripción.
Pulse el botón “Registrar” y la aplicación mostrará un mensaje notificando que el procedimiento fue exitoso.
Es importante que los usuarios que deseen registrarse en el sistema RuSitme tengan el equipo habilitado para ejecutar Javascripts, versión de Office 2000 – 2003 ó posterior, utilicen exploradores Internet Explorer 6 o posterior, Netscape 6 o posterior, Firefox 2 o posterior.
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