La normativa para la adquisición de divisas por parte de los organismos y entes del sector público, fue establecida en el Convenio Cambiario N° 11, suscrito entre el Banco Central de Venezuela y el Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública, dado a conocer en la Gaceta Oficial N°. 40.565 que circuló este viernes.
La nueva normativa, dispone que la adquisición de divisas que requieran los órganos del sector público destinadas a cubrir las obligaciones y pagos en moneda extranjera serán liquidadas por el Banco Central de Venezuela, atendiendo a las autorizaciones que imparta el Cencoex, con sujeción a los lineamientos aprobados por la Vicepresidencia del Consejo de Ministros para el Área Económica.