El maravilloso concierto del maestro Gustavo Dudamel, exquisitamente presentado el 13 de los corrientes, con el derroche de deleite y de sugerente arte, de que es capaz un director de su selecta categoría, nos hizo recordar, con el eco de una percepción que se arraiga en la memoria, la actuación fascista y el procedimiento violento, de recurrir a vías ilícitas, para despojar a la Fundación la Flor de Venezuela, de su patrimonio inalienable. Así fue el repudiado hecho ejecutado por el Ministro de Turismo Andrés Izarra, quien se apartó del ordenamiento legal, para asestar, ante la sorpresa de todos, el inicuo zarpazo de la violencia. A manu militar, privar a la ciudad de uno de sus iconos irrenunciables.
Mi gran preocupación por la realización de este hecho vil, que despojó al estado Lara, de uno de los factores culturales de mayor alcance que dispone esta entidad federal, me llevó a publicar, en este mismo vocero, una columna titulada “La Flor y sus Inúmeros Causahabientes”, que apareció en la edición del 28 de junio del 2013. En ella, aunque domina el planteamiento jurídico vulnerado por el hecho de fuerza, le salimos al paso, al recóndito intento de justificación, urdido por el ministro de Turismo, cuando dijo que actuaba de esa forma, porque en la Flor, no se realizaba actividad cultural alguna.
Tan desproporcionado e inexacto juicio, tuvo esta reprobación: “Desde allí, (la Flor) en forma sistemática y continua, con espíritu emprendedor, Milagros Gómez de Blavia, lleva a cabo tareas de significación en el campo del arte y la cultura “Me complace coincidir, en este respecto, con similar alusión que hizo mi pariente y vecino de página, Andrés Cañizalez, en su conceptuosa carta al maestro Gustavo Dudamel, publicada en EL IMPULSO, donde hace reflexiones éticas, sobre el asunto en consideración, que comparto al pié de la letra.
No sorprende ni extraña el procedimiento, contrario a derecho, del Ministro Izarra. Fingir otra realidad, para enervar la veracidad de los hechos, es usual estilo del oficialismo. Con ocasión de las incesantes y nobles gestiones, para permitir asistencia médica, al comisionario Simonovis, que requiere con premiosa urgencia, al solicitar la mediación del presidente Maduro, se excusó, diciendo que Simonovis, era reo de lesa patria, a lo que respondió el Defensor, el notable penalista doctor Tamayo, con la contundente, verdad procesal: la fiscal no opinó sobre esa calificación, al contrario, se manifestó anuente de atender positivamente este caso de previsión legal y de altruismo.
La significación del gravamen jurídico inferido por el ministro Izarra, está señalada, asertivamente, en violación de disposiciones constitucionales y normas imperativas del Código Civil, ambas correspondientes al régimen de asociaciones. No extraña esta aberrante situación, en un gobierno que, diariamente, incurre en flagrante atropello del orden constitucional. Pero es insólito y resulta de lesa indignidad la actitud de quien juró solemnemente cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes y las viola, impunemente, sin desmedro de comedimiento ni responsabilidad alguna.
Llama a mucha preocupación, el caso omiso del ministro de Turismo, al principio constitucional de la corresponsabilidad Jurídica, completamente nuevo en nuestro ordenamiento legal, como útil y necesario, para derivar de su idónea aplicación, diversas innovaciones en tipologías y más modernas y eficaces organizaciones culturales, mantenidas y sostenidas gracias a esa prerrogativa y su carácter inviolable para el Estado y sus órganos inmediatos.
De tan rigurosa legalidad dotó el Constituyente esta facultad asociativa, que por mandato del artículo 52 de la Carta Magna, reconoce el derecho de asociaciones, con fines lícitos y para mayor arraigo y conservación de ese derecho, ordena expresamente: “el Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”. Grave la situación del ministro Izarra, al desconocer y violentar el sistema constitucional de amparo a las asociaciones civiles constituidas.
Es derecho y franquicia de nuestras asociaciones, solicitar revocatoria de los preceptos constitucionales infringidos, por el gravamen irreparable ocasionado y el desconocimiento y vulneración del principio de corresponsabilidad, que obliga al Estado a su aplicación y defensa institucional, como norma autónoma de derecho estricto.
El concierto no reivindica el despojo al patrimonio larense
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