Lanzan llamado a derogar decreto sobre Día de Chávez

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Súmate lanzó esta martes un llamado a los cinco rectores principales del Consejo Nacional Electoral para que deroguen el Decreto 541 del Ejecutivo que declara el 8 de diciembre como «Día de la Lealtad y el Amor al Comandante Supremo Hugo Chávez y a la Patria», pues ordena realizar actos conmemorativos en todo el país el mismo día que tendrán lugar las elecciones municipales, lo cual viola el artículo 131 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales que prohíbe cualquier tipo de celebración de reuniones o espectáculos públicos 24 horas antes, durante y después del acto de votación.

La ONG también recordó a todos los funcionarios públicos que se postularon para alcalde y concejal en cualquiera de los 335 municipios y a los dos cabildos, que deben separarse de su actual cargo, sea éste administrativo o de elección popular, a excepción, de los que aspiren a una nueva reelección por la misma localidad por donde resultaron electos; desde este sábado 16 de noviembre, cuando inicia oficialmente la campaña electoral, hasta el domingo 8 de diciembre, día de las elecciones municipales; de acuerdo a lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Lopre y 128 y 129 del Reglamento General de la Lopre.

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Agrega que el incumplimiento de esta exigencia de la separación temporal de cargos se suma a las otras condiciones de elegibilidad y podría producir la nulidad de los resultados electorales, en el caso de que obtengan el favorecimiento de los electores.

Con respecto a quiénes son los que deberían “separarse del cargo”, la Lopre distingue entre un nuevo cargo y la reelección, es decir, los funcionarios de elección popular que se postulen para un cargo diferente al que ejercen actualmente también deberán separarse de manera temporal.

Considera que es un nuevo cargo, incluso cuando un funcionario de elección popular opte por un cargo igual al que ostenta, pero en otra localidad (circunscripciones, municipios y estados).

Súmate advierte que la prerrogativa dada por el artículo 58 de la Lopre a los funcionarios de elección popular que aspiren a la reelección de permanecer en los mismos cargos durante todo el proceso electoral, podría atentar contra el principio y derecho a la igualdad y equidad de todos los ciudadanos venezolanos, establecidos en el artículo 21 de la Constitución.

Súmate explica que actualmente no hay en el régimen legal de la República regulación expresa de la actuación de los funcionarios públicos de elección popular que aspiren a la reelección con el fin de evitar la utilización de sus cargos, recursos y bienes del Estado a favor de su nueva aspiración, lo cual ha permitido un ventajismo obsceno y grotesco, avalado inclusive por el propio CNE que alega no tener instrumentos legales para impedirlo, lo cual es un atentado a la sana, transparente y justa competencia para los otros candidatos que aspiren a estos mismos cargos, como también una clara violación al goce de las mismas condiciones de participación de éstos.

 

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