La doctora Sobella Mejías, quien hizo toda su carrera profesional en el Consejo Nacional Electoral desempeñando diferentes cargos hasta llegar a ser rectora y vicepresidenta de ese organismo, advierte que, constitucionalmente, en el 2025 tienen que haber elecciones.
No hace comentarios a declaraciones de funcionarios relacionados con suspensiones de procesos comiciales porque, según su apreciación, lo que debe primar en el país es ajustarse a la Constitución, la cual establece el tiempo de los cargos públicos de elección popular. Es muy clara en ese aspecto tanto para escoger al presidente de la república, gobernadores y alcaldes como para los integrantes de los cuerpos legislativos: Asamblea Nacional, consejos legislativos y cámaras municipales. Debe quedar claro que no puede ser un solo proceso sino dos, porque hay dos registros: uno nacional y otro regional y municipal.
En el 2025 tienen que haber elecciones ajustadas a la Constitución, asienta. Los cargos públicos regionales, que vencen el año próximo, y coinciden con las nacionales de diputados, no pueden ir juntas porque para las primeras pueden participar los extranjeros que tengan más de diez años residenciados en el país y estén inscritos en el Registro Electoral.
Para esas elecciones regionales hay un registro diferente para las personas que tienen el derecho de elegir a los funcionarios de los cargos nacionales. Sólo para la escogencia del presidente de la república y los diputados a la Asamblea Nacional participan únicamente los venezolanos.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela está vigente y establece con precisión cada uno de los períodos y, por lo tanto, se debe cumplir con lo que está establecido en el texto constitucional.
Al respecto, no puede haber ninguna discusión, sentencia.