Acceso a la Justicia: ¿Es la cadena perpetua una solución efectiva para combatir la corrupción? #8May 

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La gran interrogante que en estos momentos ha puesto sobre el tapete de la opinión pública, ante los anuncios del presidente de la República de implementar una reforma de la Constitución Nacional, para establecer la sanción de Cadena Perpetua para delitos como la corrupción y la traición a la patria, entre otros, la organización no gubernamental Acceso a la Justicia se pregunta ¿Si esta decisión será suficiente para frenar la corrupción en el país?.

En efecto, tres años después de que la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de 2017 se disolviera sin haber redactado una nueva Constitución, se vuelve a poner en el debate público la posibilidad de modificar el texto fundamental, aunque no en su totalidad sino algunos artículos, con el motivo de endurecer las penas para delitos como la corrupción y la traición a la patria, entre otros.

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Durante el acto por el 22 aniversario de los sucesos del 11 de abril de 2002, el presidente Nicolás Maduro declaró lo siguiente:

 «Ha llegado la hora de una reforma constitucional para introducir en nuestra Constitución la pena de cadena perpetua para la corrupción, inhabilitación de por vida a la corrupción, cadena perpetua a la traición a la patria y los graves delitos contra el pueblo».

El jefe de Gobierno hizo el planteamiento al hablar del caso de corrupción que salpica a Petróleos de Venezuela (PDVSA), la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), la Superintendencia de Criptoactivos (Sunacrip) y otras instituciones y empresas del Estado, el cual ha dejado decenas de funcionarios detenidos, entre ellos los exministros de Petróleo, Tareck El Aissami, y de Finanzas, Simón Zerpa. En el caso de El Aissami, su detención y procesamiento se dieron a conocer de manera oficial en la primera quincena de abril, pero su paradero, luego de que renunciara al ministerio hace más de un año, fue un misterio y sobre él giraron muchas especulaciones.

El diputado Hermann Escarrá aseguró que ya hay un borrador para el proyecto de enmienda constitucional y que este consta de siete artículos. 

Acceso a la Justicia presenta cuatro razones por las cuales considera que una medida de semejante naturaleza es preocupante y no sería efectiva para combatir este grave flagelo que, año tras año, les cuesta a los venezolanos miles de millones que deberían ser destinados a educación, salud, seguridad, servicios e infraestructura.

1. No es disuasoria

Dos días después de lanzar su propuesta, Maduro insistió en ella y la defendió alegando que permitirá «fortalecer al Estado» y a su «capacidad punitiva». «Fortaleciendo la capacidad punitiva dicen los expertos que se genera el efecto de la disuasión, porque aquel que va a dar el paso que no debe dar tiene que pensarlo una, dos o tres veces, porque pudiera terminar pudriéndose en la cárcel», agregó.

Sin embargo, esta opinión no es compartida por expertos internacionales. «La cadena perpetua no tiene capacidad disuasoria. En materia de sanciones, más no es más», aseguró el catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Málaga (España), Octavio García Pérez, quien criticó la decisión de España de recuperar este durísimo castigo en 2018.

Las estadísticas de los países donde se aplica la cadena perpetua para castigar delitos de corrupción y crímenes graves como los asesinatos, las violaciones, el espionaje o la traición a la patria, respaldan lo sostenido por el catedrático español.

En Estados Unidos, por ejemplo, donde se emplean el encarcelamiento de por vida y la pena capital, dichas sanciones no han servido para frenar la criminalidad violenta y hoy es el país con la mayor tasa de homicidios entre los países desarrollados, según la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, por sus siglas en inglés).

Por su parte, Amnistía Internacional recordó que para 2004 el índice medio de asesinatos en los estados de ese país donde se aplicaba la pena de muerte fue de 5,71 por cada 100.000 habitantes, y en aquellos donde no se aplica la pena capital fue sólo de 4,02. 

Además, en Canadá, en 2003, 27 años después de la abolición de la pena de muerte, el índice de asesinatos había descendido un 44 % con respecto a 1975, cuando la pena de muerte seguía en vigor.

En China, otro de los países que contempla la cadena perpetua y la pena de muerte como castigo para la corrupción, estas penas no han servido para evitar nuevos escándalos de enriquecimiento ilícito. Solo en 2023 sus autoridades reportaron que 405.000 funcionarios fueron castigados por irregularidades administrativas o malos manejos de fondos públicos. Entre los sancionados figuraron el antiguo secretario del Partido Comunista en la ciudad de Hangzhou (este), Zhou Jiangyong, quien fue condenado a pena de muerte con suspención por aceptar sobornos; o el del exvicegobernador del Banco Popular de China, Fan Yifei, también sospechoso de haber recibido coimas.

Más que elevar las penas, parece que lo recomendable es seguir lo establecido por Cesare Beccaria, considerado como uno de los padres del derecho penal moderno, quien en el siglo XVIII señaló que lo que frena el delito no es la «crueldad de las penas», sino su «infalibilidad», pues «la certidumbre del castigo, aunque moderado, hará siempre mayor impresión que el temor de otro más terrible, unido con la esperanza de la impunidad».

2. Un arma muy peligrosa

Otorgarle a un Poder Judicial no independiente —como el venezolano— un arma tan poderosa como la cadena perpetua supone un riesgo para la población, pero en especial para aquellos que disienten del poder, pues podría ser utilizada para neutralizar a oponentes y adversarios; no se usaría para luchar contra la corrupción, sino como medio de persecución política.

Lo señalado no es descabellado; no se puede olvidar que organismos como la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos para Venezuela ya acusó a los jueces y fiscales de ser cómplices de graves violaciones a los derechos humanos.

«La Misión tiene motivos razonables para creer que el sistema de justicia ha jugado un papel significativo en represión estatal de opositores al gobierno en lugar de proporcionar protección a las víctimas de violaciones de derechos humanos y delitos», denunció en su segundo informe. Más adelante agregó:

«La Misión tiene motivos razonables para creer que los jueces y fiscales han desatendido su obligación de proteger a opositores al Gobierno, reales o presuntos, contra detenciones y arrestos arbitrarios realizados sin orden judicial justificándose a menudo bajo la figura de la flagrancia en contra de lo que habría surgido de los hechos».

El que 17 de los 20 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) hayan sido funcionarios de los gobiernos del fallecido Hugo Chávez o Nicolás Maduro, militantes del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), o que tengan nexos familiares con altos funcionarios, es solo uno de los elementos para dudar de la autonomía del máximo juzgado.

En el caso venezolano, si el TSJ no es independiente, tampoco lo es el resto del sistema, pues en la actualidad más del 80 % de los jueces son designados por el TSJ, sin seguir los concursos fijados por la Constitución, y son removidos por la misma instancia sin procedimiento alguno que les garantice el debido proceso.

3. No ataca las causas del problema

La propuesta presidencial tampoco aborda las causas que propician la corrupción. La organización Transparencia Venezuela ha presentado en los últimos años una serie de recomendaciones para reducir los incentivos que permiten que los fondos públicos desaparezcan para que así el país deje de figurar entre los más corruptos del planeta.

Entre las medidas figuran la implementación de reformas legales y administrativas que permitan acabar con la opacidad reinante en la administración pública, establecer un sistema de rendición de cuentas y de control «especialmente en lo relacionado al presupuesto público, las contrataciones públicas, el empleo público, el financiamiento electoral y los planes contra la corrupción».

Asimismo, la agrupación especializada en el combate a la corrupción aboga por asegurar la independencia de los jueces y fiscales, y sobre todo en la Contraloría General de la República, al tiempo que insta a dotarlos de los recursos humanos, financieros y técnicos necesarios para poder realizar su labor.

La implementación de medidas para proteger a los denunciantes de corrupción y el derecho de los ciudadanos a expresar, formular denuncias y asociarse es otra de las recomendaciones de Transparencia Venezuela.

4. Es contraria al derecho nacional y de los derechos humanos

La propuesta presidencial va a contracorriente de la tradición jurídica venezolana. En 1864 Venezuela abolió la pena de muerte y con ello se convirtió en uno de los primeros países en hacerlo, y desde 1953 todas las constituciones han establecido que la pena máxima de cárcel que se puede imponer a una persona es de 30 años.

Cualquier cambio podría ir en contra de lo previsto en el artículo 19 del texto fundamental, el cual señala:

  «El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen».

Asimismo, la cadena perpetua, al menos aquella que no permite la posibilidad de libertad condicional, es una pena «cruel, inhumana y degradante», según organizaciones como Penal Reform International.

Por su parte, expertos como el jurista colombiano Manuel Iturralde se han opuesto a este tipo de sanciones, por considerar que «mientras más tiempo pase una persona en prisión menos se va a socializar, porque está lejos del contacto social». 

Esta opinión respalda nuestro criterio de que la cadena perpetua viola el artículo 272 de la Constitución, el cual señala que el sistema penitenciario tiene por propósito posibilitar «la reinserción social» de los reclusos, así como también a la Convención Americana de Derechos Humanos, instrumento que establece algo similar.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

La propuesta presidencial de reformar la carta magna para castigar a la corrupción, la traición a la patria y otros delitos contra el pueblo con la cadena perpetua es un planteamiento alarmante que debería ser rechazado por la colectividad. En un país sin justicia, una medida de esta naturaleza no solo se sumaría al arsenal con el que ya cuentan las autoridades para perseguir y silenciar a la disidencia, sino que su efecto intimidatorio podría ser enorme.

Todos los venezolanos estamos de acuerdo en que la corrupción es un gravísimo problema, uno de los más graves que aquejan al país, y todos estamos de acuerdo en que hay que combatirlo; no obstante, el planteamiento del jefe del Gobierno no toca ninguna de las causas que facilitan e incentivan la corrupción: la opacidad, el descontrol, la falta de supervisión y, sobre todo, la impunidad.

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