En el comunicado de la administración Maduro contra la CPI solo se desgranan falsedades #3Mar

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Trabajo de www.talcualdigital.com

La administración de Nicolás Maduro emitió un comunicado el 28 de febrero en el que despotrica de la Corte Penal Internacional (CPI) y todas las acciones que ha adelantado la Fiscalía, a cargo del británico Karim Khan, sobre la investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela, al menos desde 2017.

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El escrito, de dos páginas, fue difundido por la Cancillería horas después de la participación del ministro Yván Gil en el segmento de alto nivel durante la apertura del 52° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

https://twitter.com/luchaalmada/status/1630589391625134080?s=20

Para la ONG Control Ciudadano, el comunicado «claramente indica que el gobierno de Venezuela ejercerá todas las acciones procesales, pero también políticas para intentar desacreditar la función de la Fiscalía de la CPI».

Rocío San Miguel, presidenta de Control Ciudadano, aseguró que «con este tipo de comunicados no se fortalece el criterio de la voluntad y capacidad de las autoridades venezolanas de ejercer jurisdicción y conducir procedimientos genuinos a nivel interno para juzgar crímenes de lesa humanidad que se hayan cometido en el país, como se había comprometido inicialmente el Estado venezolano».

Este tipo de escritos pone en evidencia, a juicio de la abogada, «que la CPI tendrá que ejercer jurisdicción sobre los casos sometidos a su examen, dado que el Estado venezolano parte de la negación de que estos han ocurrido.

En TalCual desglosamos cinco grandes afirmaciones hechas por la administración Maduro y consultamos a tres especialistas si eran tales. Aquí los resultados:

1. «Desmiente todas las falacias de la agresión mediática y geopolítica puesta en marcha para acusar a Venezuela de supuestos crímenes de lesa humanidad, que no han ocurrido»

El abogado y director de Acceso a la Justicia, Alí Daniels, señala que la Corte Penal Internacional no es un Estado o representa alguno. «Lo que ha ejercido es su mandato si en un país se han cometido crímenes de su competencia y si esos crímenes han sido juzgados. Como esto último no ha ocurrido, la Corte ha dicho —en este caso la Fiscalía, que es a la que le corresponde ese papel— que en Venezuela, a pesar de que se han cometido crímenes de lesa humanidad, no ha habido responsables.

No puede haber agresión, ni mediática ni geopolítica, porque el delito de agresión no lo puede realizar un órgano internacional de protección de derechos humanos. Es una manipulación conceptual cuando este órgano solo cumple con el mandato que le da el Estatuto de Roma. No entendemos cuál puede ser la agresión de que en Venezuela se sancione a los responsables de crímenes de lesa humanidad, a eso se reduce la agresión de la Fiscalía. La respuesta del régimen lo que ha hecho es confirmar lo que ha dicho la Fiscalía de la CPI a través de sus informes, con cifras y datos aportados por Venezuela, se demostró que hay un patrón de impunidad, las cadenas de mando no son sancionadas y que en la mayoría de los casos los autores materiales no son sancionados».

2. El «carácter político del proceso iniciado en la CPI en 2018».

El abogado penalista y vicepresidente de la ONG Foro Penal, Gonzalo Himiob, señala que este proceso no tiene carácter político.

«De hecho, todavía estamos en la etapa inicial de la investigación. Si bien es cierto que la Fiscalía se ha apoyado, como la faculta el Estatuto de Roma, en informaciones de organizaciones no gubernamentales, asociaciones intergubernamentales y algunos órganos de Naciones Unidas e incluso se ha apoyado en la remisión de información de otras fuentes fidenignas en los términos en que lo autoriza el numeral segundo del artículo 15 del Estatuto de Roma; el Estado venezolano ha remitido continuamente solicitudes e informaciones a la Fiscalía en igualdad de condiciones, por lo que decir que eso es politizar la investigación es un despropósito y además va en contra de lo que directamente dice el Estatuto de Roma», explica.

El abogado penalista y profesor universitario Joel García recuerda que la Corte Penal Internacional es el tribunal internacional en materia penal. «Los miembros del Estatuto de Roma, del cual forma parte Venezuela, se comprometieron en respetar la jusridicción de la Corte, que está basada en el principio de complementariedad. ¿Qué quiere decir eso?, que si, en este caso Venezuela, no quiere o no puede investigar posibles crímenes en su territorio de lesa humanidad, la Corte Penal puede iniciar esa investigación a través de su fiscal.

La Corte Penal Internacional no tiene carácter político alguno, no es una institución de diplomacia. Sus decisiones están fundamentadas desde el punto de vista del derecho sustantivo expresado en el Estatuto de Roma. La Corte Penal ha actuado diligentemente y apegado a lo que establece el Estatuto».

3. «El sistema judicial venezolano se encuentra activado permanentemente para garantizar la justicia, a través del ejercicio de su jurisdicción»

Gonzalo Himiob: «No, no se ha activado el sistema judicial venezolano para la investigación objetiva, imparcial y genuina de estas situaciones. En Venezuela, los crímenes de lesa humanidad están reconocidos por el Estatuto de Roma, que es un tratado internacional sucrito y ratificado por Venezuela; pero como crímenes de lesa humanidad no están reconocido en el Código Penal o en una legislación especial que indique cuáles serían las modalidades de procesamiento de esos crímenes en particular y cuáles serían las penas que se podrían aplicar. De manera tal que en Venezuela no están dadas las condiciones, ni fácticas ni legales, para que se investigue con objetividad, imparcialidad y de manera genuina estos crímenes».

Joel García: «Es totalmente falso que el sistema judicial venezolano se encuentre activo y dispuesto a investigar, incluso juzgar y sancionar, a partícipes y responsables en crímenes considerados de lesa humanidad. Los casos que han podido juzgar es porque han sido muy evidentes como el del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, el concejal Fernando Albán o el joven David Vallenilla y, en algunos casos, las penas no se corresponden. Igual existe un gran cúmulo de casos en total impunidad porque no hay disposición judicial ni política por parte del fiscal (Tarek William Saab) ni por parte de tribunales de juzgar a esos autores o responsables. Más aun cuando sabemos que los responsables son funcionarios policiales o funcionarios bajo un orden jerárquica. Los crímenes de lesa humanidad son de forma sistematizada y generalizada, en Venezuela lo hemos visto a través de ejecuciones extrajudiciales, represión en protesta, eso lo hemos visto como políticas de Estado».

4. Venezuela denunció las diversas irregularidades y violaciones del debido proceso cometidos por la Fiscalía de la CPI.

Gonzalo Himiob: «Desde el Foro Penal no hemos detectado ninguna irregularidad o violación al debido proceso a cargo ni de la Fiscalía ni la Sala de Cuestiones Preliminares. Es muy importante que se entienda que estamos en la etapa inicial de la investigación. Todavía no hay casos, no hay un proceso como tal, hay una investigación. Todavía no hay víctimas individualmente consideradas como tales o posibles perpetradores señalados específicamente de la comisión de crímenes.

Lo que sí hemos visto es que el Estado venezolano ha participado activamente en igualdad de condiciones con el resto de sujetos que pueden participar y cada vez que puede ha tratado de interponer incidencias o solicitudes cuya unica finalidad, por lo menos con lo que se percibe a simple vista, es la de demorar el proceso. Son tácticas dilatorias, pero es lo que cabe esperar en procesos como estos, como ya se ha visto en otros casos de otros países.»

Joel García: «El fiscal Karim Khan, cuando vino a Venezuela y firmó un memorando de entendimiento con el gobierno venezolano y notificó que se iba a iniciar la investigación, hizo lo que se debía hacer. Les advirtió sobre la investigación, les advirtió sobre los tiempos para contestar. El Estado venezolano ha solicitado prórrogas, que se han concedido dando oportunidad de que se defienda aun cuando el Estado venezolano no está señalado sobre este caso. Hay que recordar que la Corte Penal Internacional actúa sobre personas, no sobre Estados o países.

El debido proceso se ha cumplido a cabalidad, si bien es cierto que el Estatuto de Roma no establece lapsos procesales, pero se les han concedido todas las solicitudes y prórrogas para que cumpla con las informaciones que así le han sido solicitadas.»

5. Vínculos probados de la Fiscalía de la CPI con organizaciones no gubernamentales que han aportado información contra las autoridades nacionales en este asunto

Alí Daniels: «Lo que ha ocurrido es que organizaciones de derechos humanos y de víctimas, ante la ausencia de justicia e impunidad en Venezuela, han tenido que dirigir sus peticiones de justicia, que no han sido escuchadas en el país, a los órganos de protección internacionales. Esto no es contra nadie sino que es una solicitud que han hecho organizaciones pidiendo justicia, en su legítimo derecho de pedirla.

Decir que hay nexos probados como si la Fiscalía manipula o controla organizaciones no es verdad. Son las organizaciones las que llevan información a la Fiscalía, han servido de puente para que las víctimas contacten a la Fiscalía y van motu proprio, no han sido manipuladas. Lo que quieren plantear es que la Fiscalía controla las organizaciones, que se inventan denuncias. La relación entre las ONG, las víctimas y la propia Corte Penal siempre ha sido institucional y dentro del marco que da el Estatuto».

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