Doctor Amado Carrillo: Expectativa origina sentencia del TSJ sobre PDUL de Barquisimeto #16Jun

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El Tribunal Supremo de Justicia ha dictado sentencia  en relación con el Plan de Desarrollo Urbano Local (PDUL) de Barquisimeto, el cual entró en vigencia en agosto del 2003 y venció en el 2016; pero, se ha mantenido vigente gracias a una medida de judicial desde el año 2018.

El doctor Amado Carrillo, quien dirigió el equipo que introdujo la demanda contra la  alcaldía de Iribarren, cuyo titular es el abogado Luis Jonás Reyes, al no haber ordenado la elaboración de un nuevo PDUL, en declaraciones a Elimpulso.com, dijo que lo decidido esta semana por el máximo tribunal de la República, “básicamente es una sentencia de trámite que pone el procedimiento de omisión”.

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Nosotros, explicó, hemos intentado un recurso de convencionalidad hace más o menos dos años. La Sala lo había admitido y, entonces, para darle cumplimiento al procedimiento pasó al tribunal de sustentación de la Sala Constitucional.

Puedo decir que este es un paso más para obligar al alcalde a que haga la planificación de la ciudad.

En realidad no existe una obligación legal que ordene al alcalde en un tiempo establecido a realizar la planificación, explicó. Sin embargo, dado el vencimiento del PDUL y su necesidad de elaborarlo por el desarrollo de la ciudad, estamos pidiendo al TSJ que, a través de la carta única, ordene al alcalde que inicie la planificación.

Hay una sentencia de la Sala Constitucional que autoriza ultractivamente el PDUL, pero éste no está vigente porque quedó derogado.

Eso ocurrió en 2016 y desde entonces quedó la ciudad sin planificación, ya  que la sentencia que fue dictada en 2018 era temporal  hasta que se hiciera uno nuevo; pero, han pasado los años y nada se ha hecho.

Una vez que se ha tomado la decisión de esta semana, la Sala procederá a realizar las notificaciones y recabar las informaciones en torno al planteamiento formulado por la parte querellante, dándole oportunidad a la defensa para que la alcaldía responda los motivos por los cuales no ha planificado.

El doctor Carrillo manifestó que ahora la ciudadanía tendrá que pedirle al alcalde que  entienda la necesidad existente de que planifique la ciudad, ya que ésta se encuentra afectada por diversos problemas que causan preocupación a los habitantes de la ciudad.

El caso más reciente es el de las lluvias que, en todas partes, ha colapsado los drenajes y causado malestar a quienes las aguas han causado daños a las viviendas y enseres.

La movilización de la gente también es preocupante, máxime cuando no se cuenta con un servicio eficiente de transporte. Ya existe una ley de ciclovías, que no ha sido tomado en cuenta en la capital larense.

Con la creación del PDUL se le dio un carácter de ciudad expansiva a Barquisimeto y en general al municipio Iribarren, que es una región en crecimiento.

Tenemos la misma extensión de Paris y la cuarta parte de la población de la capital francesa, pero no se ha pensado en su planificación, ni considerado tampoco el tema de la migración, ni de los servicios públicos, ni del aspecto empresarial y comercial sobre todo, éste último, en zonas residenciales.

Hay que actualizar su planificación porque en el momento en que se puso en vigencia el PDUL era Barquisimeto una ciudad pujante a diferencia de hoy, que es una ciudad deprimida.

Dijo el doctor Carrillo que la planificación es necesaria para verla dentro de por lo menos en los próximos 20 años. Conviene indicar que la sentencia todavía no ha sido publicada in extenso y sólo en lo dispositivo.

No se puede determinar cuánto tiempo tardará este procedimiento, ya que todo depende del criterio de los magistrados del TSJ, pues, puede ser rápido o lento. Pero, lo importante, destacó el doctor Carrillo, es que ya se ha dado un paso muy interesante para el proceso. Estamos a la expectativa.

Lo publicado es lo dispositivo, más no están los detalles de la fundamentación de la sentencia, en la cual pueden haber pistas hacia dónde va la cosa, expuso el profesional del Derecho.

Es de destacar que por acción de convencionalidad es la primera vez que se dicta una sentencia de esa naturaleza. La convencionalidad es la aplicación de tratados internacionales para generar derechos y obligaciones al Estado.

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