#OPINIÓN Una ley anti hombres, si eres hombre eres culpable -LOSDMVLV- #5Mar

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Desgraciadamente nuestra corta visión no permite apreciar un germen del mal en aquellos que se llaman buenos, y un germen del bien en aquellos que se llaman malos. Y esa visión tan corta depende de que nuestro intelecto no está dominado por el amor.

Francesco Carnelutti

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(Las miserias del proceso penal)

Capítulo I

La ley anti hombres en el mundo

Una ley castradora.- Esta ley que propende el respeto y protección a la mujer, lo que es querido y anhelado por todo el planeta y por todos los hombres de bien, porque a la mujer se le debe respetar y valorar, porque somos hijos de mujer; también se ha convertido por su uso desenfocado, por su abuso por parte de un sector de mujeres y movimientos que alzan sus voces muchas veces de modo irracional y alocadamente, sin atisbar ni precaver que la mujer puede mentir y que en efecto muchas mienten también como el hombre es proclive de mentir, convirtiendo esta ley en injusta. Se trata de una ley que está ahuyentando lo masculino del varón y las féminas se están quedando solas o aisladas, además de estar creando mártires en ocasiones.

La ley anti hombres invierte el principio de inocencia.- A nivel mundial, los países a través de estas leyes anti hombres quieren en esencia proteger a las mujeres, lo que es loable justo y además necesario. Pero al legislarlas sesgadas también han creado una rendija para las injusticias, para que se abuse con ellas al momento de aplicarlas y se tengan en la práctica como leyes sin miramientos castigadoras del varón, donde el debido proceso es solo un formalismo porque el hombre ya ha sido sentenciado y condenado por el solo hecho de ser hombre y nadie quiere atender a sus gritos de “soy inocente, los hechos no sucedieron como ella los narra, los describe y los pinta”. !Lo demás es puro circo!.

Estas leyes anti hombres son una puerta muy peligrosa que vulnera la presunción de inocencia. Los supuestos maltratadores, violadores y monstruos están en la necesidad de demostrar cuesta arriba que son inocentes, pues las leyes “de violencia de género” están estructuradas y diseñadas para que desde el inicio las autoridades, el ministerio fiscal y los jueces presuman que los hombres son culpables. Se trata de una presunción de culpabilidad que crea mártires cuando de tajo al hombre se le considera culpable solo por el hecho de ser hombre, por ser presumiblemente el fuerte y se le califica de violador y abusador y el panorama de su defensa es mutilado con “buenas intenciones” para beneficio lógicamente de la débil mujer, para proteger a la más vulnerable.

Una protección involuntaria e inconsciente.- Y por el camino, en el recorrido del proceso incluso en el juicio penal acusatorio, los que actúan de buena fe a favor de la mujer convencidos de que en ese caso específico la supuesta víctima está diciendo la verdad, entonces de modo automático, de modo involuntario e inconsciente tal vez; sesgan mucha información relevante a favor del hombre y numerosas verdades se callan, se omiten, se silencian, no se toman en cuenta, no se valoran, y solo se escucha la versión de la supuesta víctima porque ella es el lado débil, sin ni siquiera pensar o presumir que lo que está diciendo en un caso concreto una mujer puede ser absolutamente falso. Bajo estas leyes aunque las mismas no lo digan expresamente, en la práctica el principio según el cual “toda persona es considerada inocente hasta que se demuestre lo contrario”, en la realidad del proceso penal en materia de violencia contra la mujer, nos encontramos con una dura y fea verdad, de que “todo hombre es considerado culpable hasta que él demuestre con todo circunstancialmente en su contra en una cuesta empinada que es inocente”. Esa es la realidad y no nos llevemos a engaños.

La solidaridad automática.- Porque de alguna forma eficiente y de alguna manera “legal” hay que embonarle varios delitos al “hombre malo y aberrado” para que no salga ileso de las acusaciones por parte de una mujer. No hay forma ni manera de que el acusado se zafe del histrionismo de una mujer cuando ella se empeña en castigar a un hombre y saciar su venganza, muchas pero muchas veces por acusaciones caprichosas y falsas, exagerando las situaciones, aderezándole las características de los delitos de género, pues hay que desbaratarle la vida a ese hombre por razones inconfesables algunas de las veces.

El quid del asunto.- El problema estriba que para la aplicación de la ley anti hombres puede resultar que por esa solidaridad automática, inconsciente e involuntaria de proteger a la débil mujer, a la belleza de la mujer, a la candidez que irradia tal vez; quizás algunos fiscales y juzgadores sin quererlo se apertrechen con unas gríngolas que les impide ver en su caso al hombre inocente que es imputado y sentenciado a cárcel por inventos, falsedades y caprichos de una mujer que engaña y falsea, sin respeto a Dios y menos a los hombres. Porque el fiel de la balanza se va de lado para condenar al hombre por el solo hecho de ser hombre. Es preciso tener presente «que obra en contra de la ley quien hace lo que ella prohíbe, y en fraude de la ley, quien respetando las palabras legales elude su verdadero sentido». Y esto es particularmente peligroso cuando se simulan hechos punibles.

Ya desde el comienzo los órganos encargados de recibir las denuncias, por efecto de esa solidaridad automática de protección hacia la mujer sin precaver que puede estar mintiendo; entonces igual pueden inconscientemente adminicular de tal modo los hechos para que se subsuman en los tipos penales de violencia de género, para ayudar a las mujeres porque ven en ellas y les recuerdan a las mujeres de su familia, madres, esposas, hijas, sobrinas, etc; a quienes no les gustaría que les ocurriera nada malo. He allí el peligro cuando el hombre es inocente.

La desventaja legal de ser hombre.- Una ley anti hombres que ha creado privilegios femeninos, en detrimento y perjuicio del hombre que no tiene una ley igual que también lo privilegie, por lo que es suficiente ser hombre para ser culpable. La filosofía que inspira esta ley anti hombres es que si eres hombre debes ser condenado y encarcelado. Siendo suficiente que una mujer señale a un varón de cualquier nimiedad, para que lo priven de la libertad y donde todos los involucrados desde el que toma la denuncia y el que debe proseguirla, se las pueden ingeniar “protectoramente” de modo inconsciente tal vez, para en las actas metamorfosear los hechos y la conducta del hombre en un delito de género (lo que también es monstruoso). Algo así como narrarlo y dibujarlo de una forma subsumible para encuadrarlo para que se configure el delito, porque si lo dices de esta otra manera, de la manera en que sucedieron los hechos, entonces no sería delito.

Un sarcasmo al dedal.- Estas leyes anti hombres que son dúctiles para privilegiar la falsedad y la mentira, aúpan la posibilidad de que en un momento de impulsividad, de irritabilidad y de cambios de humor, la mujer haga de un hombre un mártir y lo convierta en un delincuente. Se trata de leyes que confieren legeremancia, al colmo de que sin dilación los acusadores y juzgadores tienen como si se tratara de un dogma de fe, la certeza absoluta de la culpabilidad de los hombres procesados, por efecto de los poderes que les da una ley anti hombres y se sienten dotados de la capacidad de leerles la mente a los imputados y ante la lectura de sus pensamientos por parte de sus perseguidores el hombre monstruo queda al descubierto y es sentenciado a prisión. ¡Se habrá visto! ¿Qué ocurriría si los acusadores y juzgadores llegaran a tener alguno de sus
familiares hombres o ellos mismos involucrados en la comisión de estos delitos? !Hay que desacelerar la chola!

Capítulo II

Caso Venezuela

Gaceta Oficial N° 6.667 Extraordinaria del 16 de Diciembre de 2021.- Algunos ejemplos de delitos de violencia contra las mujeres contenidos en el capítulo VII de la LOSDMVLV son: Violencia psicológica, Acoso u hostigamiento, Amenaza, Violencia física, Violencia sexual, Acto carnal con víctima especialmente vulnerable, Prostitución forzada, Esclavitud sexual, Acoso sexual. En Venezuela, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia protege a las mujeres de la violencia y al hombre lo hace picadillos muchas veces injustamente.

La LOSDMVLV .- Los delitos de género son actos u omisiones que se cometen contra las mujeres por el hecho de ser mujeres y que son sancionados por la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. La violencia de género es un atentado contra la dignidad, la integridad y la libertad de las mujeres. Se produce cuando las mujeres sufren algún tipo de agresión, hostigamiento, discriminación o degradación por su identidad de género, expresión de género u orientación sexual.

La joya de la corona para imputar.- En el caso de Venezuela, al eliminar mediante reforma como delito a los actos lascivos, se tipifica el abuso sexual sin penetración. Al punto de que los hombres a la cautela prefieren ser menos hidalgos y caballeros con las mujeres ante el riesgo de que su conducta sea criminalizada y por ser incluso corteses, amables y a veces hasta condescendientes, entonces puedan ser imputados por cualquiera de los delitos previstos en la ley orgánica y ahora está en boga la imputación por el delito de abuso sexual sin penetración. Delito este que se ha convertido en la joya de la corona para desgraciarle la vida a los hombres, el más usado y amenazante en contra del varón porque verbigracia si a la mujer no le gusta que la hayas saludado o tocado el hombro para saludarla entonces estás sentenciado a la cárcel de 8 a 12 años por el pecho, porque al tocarla lo que quisiste fue penetrarla. ¡Imagínense que locura! O cualquiera otro de los delitos que prevé la ley para cuidar a nuestras mujeres, a nuestras esposas, hermanas e hijas.

Cada uno de nosotros tiene sus preferencias, aun en materia de compasión.

Francesco Carnelutti

(Las miserias del proceso penal)

Dr. Crisanto Gregorio León

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