La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró inadmisible el recurso de amparo interpuesto por la abogada Alejandra Díaz Marín contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), luego de que este último no publicara de manera detallada los resultados de las elecciones presidenciales celebradas el pasado 28 de julio.
En una sentencia que sorprendió a la opinión pública, los magistrados del TSJ consideraron que la acción legal promovida por Díaz Marín fue «temeraria», y como consecuencia decidieron suspender a la abogada por su actuación en este proceso.
El reclamo de Díaz Marín se centraba en la falta de transparencia en la divulgación de los resultados definitivos, dado que el CNE publicó el segundo boletín electoral cinco días después de los comicios, en el cual destacaba la victoria de Nicolás Maduro con 6.408.844 votos (51,95 %), frente a su contrincante, Edmundo González, quien obtuvo 5.326.104 votos (43,18 %).
Sin embargo, desde la oposición se alegó que más del 83,50 % de las actas escrutadas, que supuestamente estarían en su poder, demostrarían un resultado completamente diferente. Según la oposición, el abanderado Edmundo González habría obtenido 7.303.480 votos, lo que le habría asegurado la victoria sobre Nicolás Maduro, quien habría logrado solo 3.316.142 sufragios.
A lo largo de los días posteriores a las elecciones, diversas ciudades de Venezuela fueron escenario de protestas contra lo que consideraron un «fraude electoral». Activistas de derechos humanos denunciaron una ola de represión y detenciones arbitrarias, con al menos 25 muertes registradas en las jornadas de manifestaciones, según cifras de ONG.
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En medio del conflicto, un esfuerzo diplomático regional liderado por Brasil, Colombia y México, con el apoyo de la Unión Europea y Estados Unidos, intentó mediar entre el gobierno de Maduro y la oposición encabezada por María Corina Machado, con el objetivo de alcanzar una salida negociada a la crisis política del país.
Pese a las denuncias y la creciente tensión en las calles, el Tribunal Supremo de Justicia ratificó el 24 de agosto, 24 días después de las elecciones, que los resultados anunciados por el CNE concordaban con los materiales utilizados durante el proceso electoral del 28 de julio, y por lo tanto, no existía evidencia suficiente para cuestionar su legitimidad.