En cumplimiento de lo anunciado por el Gobierno, en la Gaceta Oficial N° 42,312 del 2770172022, acordó que el descuento de encaje legal operará sobre 50% de las denominaciones de Bs. 0,5 y 1 del cono monetario del bolívar soberano reexpresado, más el 70% de las denominaciones de Bs. 5 a 500 de la nueva expresión monetaria.
En efecto, en una circular enviada a los integrantes de la red bancaria, sujetos al encaje legal se les informa que el directorio, en ejercicio de las facultades que le confiere la normativa, acordó que a partir del 04/09/2024, se deducirá diariamente de la posición de encaje que deben constituir de acuerdo con la mencionada resolución, el 50% de las denominaciones de Bs. 0,5 y 1 del cono monetario del bolívar soberano represado, más el 70% de las denominaciones de Bs. 5 a 500 de la nueva expresión monetaria tomando como base los inventarios de efectivo al 23 de /08/ de 2024.
La circular fechada el 29 de agosto del 2024, está suscrita por Sohail Hernández Parra , Primera Vicepresidente Gerente (E) del BCV