La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla en su artículo 5 que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
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Además, la carta magna señala que los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.