El panorama que describe “Acceso a la Justicia” en relación al ejercicio de los derechos civiles y políticos en nuestro sufrido país en el año pasado, 2023, es desolador. Divide las dañosas acciones del gobierno según se trate de aquellas que agreden el derecho de asociación, que embisten contra el derecho de elegir y ser electo, que obstaculizan los juicios penales en contra de funcionarios que han perpetrado crímenes de lesa humanidad y que paralizan la recuperación de la independencia judicial.
En primer lugar, en el Informe se destaca la aprobación en primera discusión en la Asamblea Nacional del instrumento legal llamado solapadamente Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, en pocas palabras se le ha bautizado por él común como “Ley Anti Sociedades”. Las organizaciones no gubernamentales se caracterizan por ser incómodas para los gobiernos, como lo sería la institución de El Defensor del Pueblo, si éste cumpliera con su labor de defender al ciudadano de los abusos institucionales que se cometen contra él y no un simple cómplice de tales atropellos. Pero en los regímenes democráticos se les permite tal actuación a estas organizaciones que coadyuvan en el perfeccionamiento de un gobierno de actuación legítima. Claro, no podríamos llamar así al régimen venezolano que se caracteriza por su desempeño arbitrario. A esto se suma otro órgano partícipe de las tropelías del régimen: el Tribunal Supremo de Justicia, que intervino a siete organizaciones gremiales, deportivas, recreativas o humanitarias cuya culpa se limitó a ser molestas para el oficialismo.
A estas acciones se adiciona el cierre de 12 emisoras de radio y el bloqueo de páginas web por parte de Conatel que hizo que la Organización Cívicus, de carácter internacional, considerara que en Venezuela el espacio cívico que años anteriores se consideraba como “restringido” pasara a considerarse “cerrado”. Así se comporta el régimen con la sociedad civil, ahogándose con ilegítimas leyes de la Asamblea Nacional y con inicuas sentencias del Tribunal Supremo.
En lo tocante a los derechos de elegir y ser elegido, la vista es similar, que comienza con la írrita designación de los miembros del Consejo Nacional Electoral con una mayoría identificada públicamente como simpatizantes del gobierno, violando el artículo 296 de la Constitución que establece que estas personas no deben estar vinculadas a organizaciones políticas. En este sentido su presidente, fue diputado por el partido del gobierno, el PSUV, consultor jurídico del Palacio de Miraflores y Contralor General de la República. En ese último cargo dictó una serie de inhabilitaciones en contra de dirigentes de la oposición democrática, entre ellos María Corina Machado. Este personaje es quien va a regir el proceso electoral del 28 de julio.
En relación a las causas concernientes con crímenes de lesa humanidad, se ve claramente la actitud obstruccionista del oficialismo que lo llevó a tratar de frenar las actividades del Fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, con acciones ante la Sala de Cuestiones Previas de ese órgano, en lo cual fracasó y al apelar de tal decisión ante la Sala de Apelaciones, confirmaron tal decisión por lo que el Fiscal Khan continuará con su investigación. Definitivamente, ya el órgano de justicia penal internacional desechó la posibilidad de que los tribunales de la República puedan o quieran investigar tales crímenes, por lo que es tal justicia la que llevará adelante el juicio por esos hechos, en los cuales están involucrados altos personeros del gobierno.
En el Informe de Acceso a la Justicia se denuncia que el órgano fundamental para la preservación del Estado de Derecho, como es el Poder Judicial, que debe caracterizarse como independiente, de jueces de actuar autónomo, muestra un deterioro continuo y acentuado. Es por ello que en la evaluación que realizará el World Justice Project, nuestro país, al igual que los ocho años anteriores, ocupó el último lugar entre 142 naciones evaluadas. Una muestra de la falta de independencia judicial la referimos en el párrafo anterior, la Corte Penal Internacional, conforme al artículo 1º del Estatuto de Roma, decidió ejercer sus facultades complementarias en relación a los tribunales nacionales, ya que según el artículo 17, ordinal b), no están dispuestos a llevar a cabo el enjuiciamiento o no pueden realmente hacerlo. Por lo anterior Venezuela pierde con mucha razón parte de su soberanía, al ser intervenido uno de sus órganos por la justicia internacional. Todo es atribuido a la forma como el gobierno ha mancillado la majestad que debe caracterizar a un Poder Judicial independiente.
Lo anterior es una visión parcial de lo que el actual régimen ha realizado en contra de nuestra estoica y padecida nación y ahora, el 28 de julio, pretende reelegirse, sin embargo, la dupla González-Machado les ha salido al frente levantando al país en un exaltado regocijo que anima a una gran mayoría ciudadana a recuperar la democracia perdida.
Esta recuperación sin lugar a dudas necesitará de un proceso arduo y complejo de negociaciones con el ánimo de mantener la institucionalidad, en ello nos tocará acompañar a Edmundo González Urrutia y María Corina Machado. No obstante todo lo señalado conlleva un mensaje claro para la nomenclatura oficialista: las negociaciones se harán respetando la Constitución y advirtiendo que la Corte Penal Internacional maneja casos sobre los cuales no habrá negociación posible.
Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez