Amnistía Internacional exhorta nuevamente a las autoridades venezolanas a garantizar la libertad inmediata e incondicional de la abogada y activista de derechos humanos Rocío San Miguel, el profesor universitario Javier Tarazona y el periodista Carlos Julio Rojas.
Este movimiento global expresa su preocupación por la situación que actualmente presentan estos defensores de derechos humanos, quienes se encuentran detenidos de manera arbitraria en Venezuela.
El director de FundaRedes, Javier Tarazona está detenido desde el 2 de julio de 2021, es decir, tiene 1050 días recluido y es considerado por Amnistía Internacional preso de conciencia.
Desde la citada fecha, sufrió por incomunicación prolongada, falta de acceso a un abogado de su elección y torturas, según han denunciado personas que tuvieron contacto con él; además de presentar constantes retrasos en su juicio.
Por otra parte, la abogada Rocío San Miguel, se encuentra detenida desde el 9 de febrero de 2024, lo cual da un total de 100 días encarcelada. La activista desapareció de manera forzada, sin paradero alguno por 6 días. Hasta la actualidad no ha podido nombrar a su defensa técnica lo que constituye una violación a su derecho a la defensa.
Así mismo, el periodista Carlos Julio Rojas, fue arrestado el 15 de abril de 2024 por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), al igual que muchos de sus colegas ha sido víctima de violaciones a sus derechos humanos durante su detención, impidiendo el contacto con sus familiares y la designación de abogados de su confianza, existe también preocupación por su estado de salud por parte de sus seres queridos.
Exigencias de Amnistía Internacional:
- La libertad inmediata e incondicional de Javier Tarazona, Carlos Julio Rojas y Rocío San Miguel.
- Se ponga fin a la detención de personas defensoras de derechos humanos en Venezuela.
- Se investiguen de manera imparcial y independiente las denuncias de tortura y otros malos tratos sufridos por Tarazona, Rojas y San Miguel.
- Se tomen las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de las personas defensoras de derechos humanos en Venezuela.