La Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.806, pasado 8 de mayo, genera análisis y reflexión por parte de directores, empresarios, inversionistas, gerentes y comerciantes sobre su impacto en relación con sus unidades de recursos humanos.
Esta ley ha generado gran interés en el sector empresarial, ya que crea una nueva contribución especial para las empresas con el objetivo de proteger las pensiones de los trabajadores ante los efectos del bloqueo económico denunciado por el sector oficialista.
Ley de protección de Pensiones: Lo que hay que saber
Esta ley tiene como objetivo proteger las pensiones de seguridad social de los trabajadores venezolanos ante el impacto negativo de las medidas coercitivas unilaterales impuestas al país. Para ello, crea una contribución especial que será pagada por las empresas, explica el portal Banca y Negocios.
La contribución especial debe ser pagada por las personas jurídicas, es decir, empresas y sociedades de personas, domiciliadas o no en el país que realizan actividades económicas en el territorio nacional. La ley incluye incluso a aquellas empresas que sean irregulares o de hecho.
Contribución Ley de Protección
El monto de la contribución especial no ha sido definido aún. La ley establece un tope máximo del 15%, pero será el Ejecutivo Nacional quien determine el porcentaje específico cada año.
La base imponible para el cálculo de la contribución especial será el salario y las bonificaciones de carácter no salarial de los trabajadores. La declaración y el pago de la contribución se realizará mensualmente.
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Fiscalización de la contribución
La responsabilidad de la recaudación de la contribución especial y del cumplimiento de las obligaciones formales y materiales relacionadas con ella recae sobre el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El incumplimiento en la presentación de la declaración o en el pago de la contribución especial será sancionado con una multa de hasta 39.430 euros o más de 40.000 dólares. Además, se aplicarán los intereses moratorios y las sanciones establecidas en el Código Orgánico Tributario.