Con la publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria del 8 de mayo de 2004 entró en vigencia La Ley de Protección de Personas de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista.
De acuerdo con la nueva normativa, se mantiene la alícuota en 15% ya que la petición del sector privado de reducir la alícuota a 6% llegó con retraso a la Asamblea Nacional.
Se indica que esta normativa establece mecanismos transparentes y participativos orientados a la protección de las personas de seguridad social frente al impacto negativo causados por medidas coercitivas u otras medidas restrictivas o punitivas adoptadas contra el país.
El incumplimiento se sanciona con multa de hasta 1.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor posible manejada por el Banco Central de Venezuela. Asimismo se contemplan sanciones de acción penal, en base a lo establecido en el Codigo Orgánico Tributario.