Por segunda vez en menos de cuatro años, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), este lunes 22 abril, intervino el partido opositor Primero Justicia (PJ), en el que milita el dos veces candidato presidencial Henrique Capriles, en respuesta a una solicitud del diputado José Brito, candidato a las presidenciales del 28 de julio.
La Sala Constitucional del TSJ ordenó nuevamente el nombramiento de una junta directiva ad hoc presidida por Brito, a quien autorizó para el uso de la tarjeta y los símbolos de Primero Justicia en los procesos electorales, sin que quede claro si el diputado podrá emplear este logo en los comicios de julio, reseña El Nacional.
TSJ al CNE
La decisión, publicada en la página web del TSJ indica: “Se ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE), de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada, conforme a los procedimientos de rigor, por la junta directiva ad hoc”.
El TSJ prohibió, de esta manera, “enajenar y gravar sobre los bienes” de esa organización política, que forma parte de la principal coalición opositora, la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), cuyo candidato a las presidenciales es Edmundo González Urrutia.
El logo de la tolda amarilla no figura en la boleta electoral para los próximos comicios, aunque el partido -que expulsó a Brito de sus filas en 2020 ante señalamientos de presunta corrupción- apoya públicamente la candidatura de coalición ya inscrita por la PUD, con la que esperan sacar del poder a Nicolás Maduro.
Petición de José Brito
Recordemos que el pasado 15 de marzo, José Brito pidió al TSJ aclarar el “limbo jurídico” en el que considera que se encontraba Primero Justicia, tras recordar que en junio de 2020 el TSJ intervino la formación y lo nombró a él como líder de una junta directiva ad hoc, decisión que el alto tribunal suspendió tres meses más tarde.
Todos los miembros de PJ ven a Brito, como “un crítico de la PUD y colaboracionista del chavismo”, a quien el TSJ le ordenó la reestructuración necesaria del partido, que incluye la designación de autoridades en las regiones y la organización de una consulta interna “para la necesaria actualización y modificación de los estatutos de la organización a los fines de su adecuación”.
“Queda facultada la junta directiva ad hoc para ejecutar los actos de simple administración y mantenimiento de las instalaciones, hasta que se decida el fondo de la presente causa”, concluyó el máximo tribunal, reseñado por El Nacional.