El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció este viernes que en las próximas horas publicará los estatus de las inhabilitaciones solicitadas por diversos dirigentes políticos, en cumplimiento de lo acordado en el diálogo entre la oposición y el régimen de Nicolás Maduro, con la mediación de Noruega.
«El #TSJ informa que, cumpliendo con la Constitución, las leyes vigentes, y en el marco del Acuerdo de Barbados, la Sala Político Administrativa procederá a publicar en el transcurso del día las decisiones tomadas en todos los casos de inhabilitación a partir de las solicitudes», expresó el máximo órgano judicial a través de su cuenta de X.
La publicación de las decisiones del TSJ se produce luego de que autoridades de Noruega hicieran público, la noche del 30 de noviembre, un documento en el que se detallan los procedimientos que se realizarán para la revisión de las inhabilitaciones políticas que hay en Venezuela, esto como parte del acuerdo de Barbados que firmaron representantes de la Plataforma Unitaria de Venezuela y el gobierno de Nicolás Maduro.
Como parte del acuerdo sobre la “Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos” ambas partes decidieron que sean autorizados todos los candidatos presidenciales y partidos políticos, esto siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para participar en dicha elección, prevista para el segundo semestre de 2024.
Entre los procedimientos acordados para revisar inhabilitaciones políticas están:
- Cada persona interesada en participar en las presidenciales debe ir personalmente ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para ejercer el recurso contencioso administrativo que corresponda contra la medida de inhabilitación dictada por la Contraloría General de la República, acompañada de una solicitud de amparo cautelar, en el lapso establecido desde el 1ro de diciembre hasta el 15 de diciembre de 2023, en días continuos y sucesivos.
- La Sala Político Administrativa del TSJ se pronunciará sobre la admisión de la demanda y el amparo cautelar solicitado, conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución.
- En la demanda presentada, y en declaraciones públicas, los interesados se abstendrán de incorporar conceptos ofensivos o irrespetuosos contra las instituciones del Estado, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.