Traigo a consideración, por enésima vez, lo explicado por Piero Calamandrei en su obra El régimen de la mentira, que es importante por su brevedad ensayística y profundidad en el análisis. Describe a la Italia fascista de Mussolini, pero sirve para caracterizar, sin margen de error, a la Venezuela contemporánea: Se trata de “algo más profundo, más complicado, y más turbio que la mera ilegalidad… es el régimen de la indisciplina autoritaria, de la legalidad adulterada, de la ilegalidad legalizada, del fraude constitucional”.
El gobierno de Noruega, en el que reina Harald y quien visita a nuestro país como príncipe en 1980 y luego, en 1999, entre otros frustra la adopción de una declaración universal sobre el derecho humano a la paz dentro de la UNESCO, esta vez anuncia haber alcanzado un entendimiento entre la dictadura de Nicolás Maduro y la oposición nucleada en lo que se llama la Plataforma Unitaria. Lo fundamenta en los titulados Acuerdos de Barbados y serviría este para que los jueces del régimen de la mentira habiliten a los opositores que competirán en unas eventuales elecciones presidenciales de 2024, de modo preferente a María Corina Machado.
Se había vencido el término fijado por Estados Unidos – 30 de noviembre – para supuestamente decidir si mantenía o levantaba las sanciones contra el dictador y los suyos, en la medida en que estos le abrieran o no juego al veto que mantienen sobre la candidatura presidencial de la última, María Corina, cuya indiscutible legitimidad popular se ha impuesto, incluso a despecho de la propia casta opositora.
Pues bien, eso que acordaran unos y otros es un sofisma, un engaño, una argucia, una trampa, a saber, un argumento falso que se hace pasar por verdadero. Eso sí, le saca las castañas del fuego tanto a Maduro como a la Casa Blanca sin dejar de ser lo que es, una burla a la buena fe de los venezolanos y cazabobos hasta para los más avisados observadores extranjeros.
Vayamos por partes y sirvan las preguntas a fin de que, siguiendo a Sócrates, nos sirvan para la autorreflexión y crítica a profundidad.
El texto se limita a repetir lo ya escrito en la Constitución y las leyes de Venezuela. Nada más. De donde, ¿puede hablarse de un documento negociado, siendo que éste sólo traslada lo que es mandatorio e inderogable legalmente? Y si cierto es que en el mismo se indican los pasos que cada presunto inhabilitado políticamente ha de seguir ante la Justicia, para verse habilitado y protegido en sus derechos vulnerados, ¿cabe en una democracia que se respete y en la que rija la separación de poderes que gobierno y oposición pacten las formas y procedimientos reservados por la ley y a los jueces? ¿No es acaso esto lo que viene ocurriendo en la España de Pedro Sánchez, en donde sus socios, se dan autoamnistías en nombre y con desprecio de la Constitución?
Por lo pronto, la máxima de la experiencia en la que concuerdan la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los Informes del Consejo de Derechos Humanos sobre crímenes de lesa humanidad y la Corte Penal Internacional y su Fiscalía es la siguiente: No hay Estado de Derecho ni son independientes los jueces en Venezuela. Estos y los fiscales están coludidos y se les señala como responsables por el clima de impunidad que han avalado bajo instrucciones del gobierno. De allí la otra pregunta, ¿puede ofrecerse mediante acuerdo una garantía de tutela judicial en un país sin Justicia ni jueces, por sujetos todos al Poder Ejecutivo?
Al cabo queda en el camino, por lo demás, una aporía, es decir, una dificultad lógica insuperable sobre la cuestión del acuerdo entre la dictadura y la Plataforma Unitaria anunciado: ¿Cómo se hace para habilitar a una persona que formal y legalmente no se encuentra inhabilitada, a través de un amparo constitucional interpuesto ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia?
Dado lo real y objetivo no ha mediado en el caso de Machado un juicio penal ni una condena definitivamente firme que la haya inhabilitado, tal como lo exige la propia Constitución y lo demandan los estándares normativos internacionales sobre derechos humanos. Es sólo una FakeNews, es neta virtualidad construida políticamente por la dictadura para imponer como constructo en la opinión, usando de los llamados alacranes u opositores funcionales a su servicio.
Éstos, al efecto, parten de medias o viejas verdades – Machado fue inhabilitada administrativamente, no políticamente, en 2015 y por un año, tal como lo declarara entonces el Contralor de la República– y luego las transforman como mentira en una verdad de utilería y actualidad. Y cabe insistir, por ende, en la premisa de base: ¿Existe algún expediente sustanciado y una decisión que inhabilite políticamente a María Corina, que justifique su derecho – que no es concesión negociable – de recurrir ante un juez, incluso tratándose de un escribano de la dictadura?
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en dos casos emblemáticos, uno contra Honduras, de 2003 y otro contra Ecuador, de 2012, es concluyente al decir que “no es suficiente que dichos recursos existan formalmente – consagrados por la ley o creados al boleo por los negociadores barbadenses – sino que los mismos deben tener efectividad”. Y la efectividad, como lo precisa la Corte, indica que “no pueden considerarse efectivos aquellos recursos que por las condiciones generales del país [como el no tener Estado de Derecho ni jueces independientes] o incluso por las circunstancias particulares de un caso dado [sirva otra vez de ejemplo el de María Corina] resulten ilusorios”.
Los noruegos se han traído entre manos y la han endosado gobierno y oposición, más que una ilusión óptica un verdadero fraude. Es un intento de legalización de la ilegalidad, que es – lo diría don Piero – “el instrumento normal y fisiológico del gobierno” de Maduro para normalizar la mentira política.
Asdrúbal Aguiar