Por: Orlando Rivera / www.lawebdelasalud.com
El sabor a victoria del país, cual David contra Goliat, o en este caso, contra el gigante canadiense minero First Quantum Minerals, tiene eufórico al pueblo panameño, pero se ganó una batalla, aún falta la guerra que se librará probablemente en tribunales arbitrales fuera del país
Una sensación de júbilo se apoderó del pueblo panameño al declarar la Corte Suprema de Justicia la inconstitucionalidad de la Ley 406 del 20 de octubre de 2023 que adopta el contrato entre el Estado y Minera Panamá.
La decisión se tomó el 28 de noviembre, fecha en la cual se celebran 202 años de la independencia de Panamá de España.
El anuncio fue hecho por la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López, acompañada de los nueve magistrados del Órgano Judicial.
El sabor a victoria del país, cual David contra Goliat, o en este caso, contra el gigante canadiense minero First Quantum Minerals, tiene eufórico al pueblo panameño, pero se ganó una batalla, aún falta la guerra que se librará probablemente en tribunales arbitrales fuera del país.
¿Qué sigue después del fallo de la Corte?
El artículo 2567 del Código Judicial de Panamá, establece que “la decisión se notificará personalmente al Ministerio Público y al demandante, a más tardar dentro del día siguiente al de su firma».
El artículo 2568 indica que “el fallo quedará ejecutoriado tres días después de su notificación, término dentro del cual el agente del Ministerio Público o el demandante podrá pedir la aclaración de puntos oscuros de la parte resolutiva o pronunciamiento sobre puntos omitidos. De esta solicitud se dará traslado por el término de dos días y la Corte deberá decidir este recurso dentro de un plazo de diez días”.
Artículo 2569. El fallo se publicará en la Gaceta Oficial dentro de los diez días siguientes al de su ejecutoria.
Artículo 2570. Cuando la Corte declare la inconstitucionalidad del acto impugnado, comunicará la decisión mediante copia auténtica de la sentencia a la autoridad, corporación o funcionario que la hubiere dictado y a los funcionarios a quienes corresponda dar cumplimiento al fallo.
El abogado José Manuel Sevillano, presidente de la Cámara Nacional de Contrataciones, explicó que “tras declararse la inconstitucionalidad, los abogados deben ser notificados y tres días después la sentencia queda ejecutoriada. Se ha manejado la información de que la publicación en la Gaceta Oficial es lo que da lugar a que la sentencia se considere ejecutoriada, esto es totalmente falso: el Código Judicial señala que queda ejecutoriada tres días después de la notificación».
«Es importante aclarar que solamente los demandantes y el Ministerio Público pueden presentar aclaraciones. Anteriormente, con el fallo del 2017, se permitieron aclaraciones a personas ajenas que dilataron el proceso por 4 años y esto no lo podemos permitir en esta ocasión».
Martita Cornejo, abogado y demandante recordó “ que en el año 2017, los abogados de la mina se dedicaron a solicitar aclaración de sentencia y no se publicó en Gaceta Oficial hasta el 2021, pero el fallo es definitivo y no hay recurso alguno».
Explicó que “cuando sale el fallo de inconstitucionalidad y se publica en la Gaceta Oficial, el gobierno central le tiene que comunicar a la mina el cese de la extracción de material de nuestro territorio para devolverle la paz social a nuestro país. Además, el ministro de Comercio e Industrias, Federico Alfaro Boyd, debe presentar su renuncia .”
Hartley Mitchell, ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, dijo que “el gobierno debe hacer, lo que siempre ha debido hacer: acatar el fallo porque los fallos de la Corte son finales y definitivos, cuestión que no se cumplió con el fallo anterior.”
El abogado Ariel Corbetti dijo que “el fallo es un método de terminación del contrato, es una extinción. El contrato deja de existir, sin embargo, la mina está ahí, la empresa también, y, de acuerdo a los instrumentos jurídicos, de los cuales Panamá es parte, la mina tiene derecho a reclamar. No significa que necesariamente va a ganar, pero tiene derecho a reclamar y, mientras está en reclamo, ¿qué pasa con la mina en el camino? Tiene que haber negociación.
Arbitraje internacional
El abogado Rodrigo Noriega explicó que “de presentarse el arbitraje tiene que ser de acuerdo al Tratado de Libre Comercio entre Panamá y Canadá. Esa cláusula manda el arbitraje al Centro Internacional de Arbitraje de Disputas de Inversión del Banco Mundial donde Panamá ha ido con la anterioridad: algunas veces nos ha ido muy bien, otras veces nos no, pero recientemente ese centro ha tenido el arbitraje de Costa Rica con una situación parecida y ganó el arbitraje. ”
Agregó que “Panamá tiene la obligación de hacer una auditoría ambiental independiente para determinar realmente los daños ambientales que han ocurrido en Donoso, provincia de Colón, no sólo los bosques, las aguas, sino las costa marina. Es importante cuantificar los daños ambientales, porque en 6 meses debería formalizarse el arbitraje, es decir el gobierno nacional y los próximos gobiernos deben prepararse para enfrentar este caso”.
Impacto económico
El ministro de Comercio e Industrias ha explicado que “internacionalmente se afectará la imagen de Panamá. También se afectan más de 7,000 empleos directos, 40,000 empleos indirectos y más de 900 millones de dólares de proveedores panameños que le prestan servicios a la mina».
El economista Felipe Argote admite que efectivamente cualquier cierre de una empresa de esa magnitud tiene un efecto, pero también se ha inflado mucho el valor de la empresa y su relación con la economía.
En realidad, la empresa representa poco menos del 3% del Producto Interno Bruto (PIB) de toda la riqueza que genera el país. El PIB de Panamá se sitúa alrededor de los $75,000 millones, entonces cuando hablamos de poco o menos del 3%, significa casi 2,000 millones de dólares al año que genera en la economía. Claro, una empresa como esta transnacional, gran parte de su utilidad no queda en el país, como es una economía abierta, los accionistas se lo llevan para Canadá”.
Historia de un contrato
- Durante el gobierno del expresidente Guillermo Endara (1989-1994) se dio una concesión de exploración minera al ex gobernador de Coclé Richard Fifer a nombre de Geo-Recursos Internacional S.A.
- En el gobierno de Ernesto Pérez Balladares se amplió el contrato para “explorar, extraer, exportar” minerales, bajo el nombre de Minera Petaquilla S.A.
- Los estudios medioambientales se aprobaron durante la administración de Mireya Moscoso.
- Durante la gestión del presidente Martín Torrijos (2004-2009), se inició la construcción de la infraestructura minera, en 5,000 hectáreas de áreas boscosas.
- En septiembre de 2008, Minera Petaquilla S.A. cambió su nombre a Minera Panamá S.A., iniciando su explotación en 2009, año en el cual el Centro de Incidencia Ambiental de Panamá (CIAM) interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra el contrato ley de 1997, ante la Corte Suprema de Panamá.
- A pesar de la existencia de ese recurso pendiente, la minera canadiense First Quantum Minerals Ltd., adquirió Minera Panamá en el 2013.
- El gobierno de Juan Carlos Varela, en el 2016, renovó el contrato de Minera Panamá S.A. por 20 años adicionales.
- El 21 diciembre de 2017, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el contrato de 1997, fallo que tomó 4 años para publicarse en la Gaceta Oficial en el 2021.
- Sin embargo , Minera Panamá inició nuevas negociaciones con el gobierno Cortizo.
- Las negociaciones comenzaron en septiembre de 2021 y finalizaron con el acuerdo del nuevo contrato ley en marzo de 2023.
- El contrato con Minera Panamá fue autorizado por el Consejo de Gabinete el 10 de octubre de 2023, refrendado por el contralor Gerardo Solís el 13 de octubre, luego presentado a la Asamblea Nacional el 16 de octubre, que lo aprobó de manera exprés en 72 horas.
- Finalmente, el presidente Laurentino Cortizo lo sancionó y se promulgó en Gaceta Oficial el 20 de octubre, todo el mismo día.
La decisión generó una ola de protestas del pueblo panameño por más de un mes, indignado con el actuar del gobierno. Para tratar de calmar los ánimos, el presidente Cortizo propuso una consulta Pública, pero el Tribunal Electoral dijo que no estaban dadas las condiciones, tras lo cual envió a la Asamblea Nacional un proyecto de ley que prohibía futuras concesiones de minería metálica a cielo abierto.
Sin embargo, las protestas continuaron porque el pueblo no quiere minas y apuesta por la naturaleza.
En el contexto de estas manifestaciones, dos educadores fueron asesinados, más 1,000 personas han sido arrestadas por la Policía Nacional, se produjo desabastecimiento de alimentos y combustible en algunas zonas del país, incluso la propia empresa minera informó que ha reducido un tercio el procesamiento de cobre debido a un bloqueo ocasionado por pequeñas embarcaciones en el puerto de Punta Rincón.
Ante este panorama jurídico, económico y social, corresponderá esperar las semanas siguientes los avances de las negociaciones luego del fallo y con respeto a la decisión del pueblo de vivir en un país sin minería.
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