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Transparencia Venezuela destacó que en la sentencia de la Sala Electoral del TSJ que suspende «todos los efectos» de las fases de las elecciones primarias realizadas el 22 de octubre llama la atención la referencia a María Corina Machado, dirigente que resultó electa abanderada presidencial opositora con 92% de los votos.
En este punto, en una nota de prensa difundida este martes 31 de octubre, la ONG señaló que Machado es referida en el dictamen como «la ciudadana inhabilitada de manera firme por 15 años”.
Transparencia añadió que el inciso «que se deja colar en un par de líneas en el fallo surge después de que en julio y agosto, el TSJ rechazó tres acciones que buscaban anular la cuestionada inhabilitación que la Contraloría General de la República (CGR) le impuso a la ahora candidata presidencial de la opositora Plataforma Unitaria». Además, el último de los fallos sobre la situación de María Corina Machado se produjo cinco días antes de las elecciones opositoras.
En este sentido, la ONG recordó que las decisiones anteriores en las que se refieren a Machado fueron emitidas por la Sala Constitucional del TSJ. «Hasta el momento María Corina Machado no ha sido enjuiciada penalmente ni mucho menos condenada», puntualizó Transparencia Venezuela.
Transparencia sostuvo que no hay ningún aval judicial para la inhabilitación de Machado. Destacó que el artículo 65 de la Constitución Bolivariana indica que “no podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito”.
Transparencia recuerda a diputados de Amazonas
Por otra parte, Transparencia Venezuela llamó la atención sobre la celeridad del TSJ en decidir en torno a un recurso sobre las primarias cuando aún no hay dictamen sobre las presuntas irregularidades en la elección de los diputados del estado Amazonas en 2015, con lo que se originó el cerco judicial y anulación de la Asamblea Nacional electa ese año.
«Casi ocho años después de esa ‘suspensión’, el juicio central no ha sido resuelto, pero los diputados opositores que dominaban el Parlamento en 2015 fueron perseguidos por ‘desacato’ porque se negaron a cumplir la sentencia de la Sala Electoral, alegando que solo el Parlamento decide sobre su conformación», refirió la ONG.
En contraste, indicó Transparencia, «el diputado José Brito, quien ha sido señalado de ser parte de una ‘oposición a la medida’del gobierno, presentó su recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primarias el 24 de octubre, dos días después de realizada la consulta opositora y en menos de una semana obtuvo respuesta», subrayó la ONG.
Transparencia añadió que queda por delante el juicio contencioso admitido por la Sala Electoral del TSJ en la misma decisión del 30 de octubre contra las primarias opositoras. Los magistrados acordaron ordenar a la Comisión Nacional de Primaria los “Antecedentes Administrativos, contentivos de las 25 fases que deben regir al Proceso Electoral”, en un lapso de 3 días.
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