Camindustrias consigna proyectos para reformas de ordenanzas municipales de acuerdo con Ley de Armonización Tributaria #31Oct

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Trabajo de www.correodelcaroni.com

La Cámara de Industrias, Minería, Servicios y Afines del estado Bolívar (Camindustrias) junto a la Cámara Inmobiliaria de la entidad, informaron la consignación de dos propuestas de reforma para ordenanzas municipales, entre ellas la de recolección de desechos, con el fin de que estas normativas se adapten a la recién promulgada Ley de Coordinación y Armonización Tributaria de estados y municipios.

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“En este momento, a pesar de que la mayoría de nuestras empresas están al 10% de su capacidad, nosotros hemos venido pagando los impuestos. Nunca nos atendieron los reclamos. Se ha desatado una cacería de brujas con las demandas que está haciendo la empresa contratada para la recolección de la basura. Partiendo de eso, comenzamos a estudiar la nueva Ley de Armonización Tributaria y hemos creado estos proyectos que fueron entregados por sindicatura y por la secretaría de la Cámara Municipal. A partir del 11 de octubre, ya estos proyectos están presentados en la Alcaldía. No pueden decir que el sector industrial no ha presentado propuestas”, expuso José Alfredo Olivo, representante de Camindustrias.

Estas declaraciones hacen referencia a la situación que ha denunciado el sector industrial desde la llegada de Fospuca a Bolívar en noviembre de 2022, la cual afecta el desenvolvimiento económico del gremio puesto que las tarifas se calculan a partir de los metros cuadrados de las sedes de los comercios y no con base en la generación de desechos. El sector industrial cuenta con grandes instalaciones que trabajan a menos del 10% de su capacidad según Fedecámaras Bolívar.

Las propuestas abordan dos vertientes relacionadas directamente con la dinámica de cobro ejecutada por la empresa encargada del servicio de aseo urbano: los parámetros de pago y el bloqueo del portal fiscal para declarar impuestos a quienes no estén solventes con el pago a la compañía.

La primera propuesta expone la Reforma Parcial de la Ordenanza para la Gestión y Manejo Integral de la Recolección y Tratamiento de Residuos y Desechos Sólidos en el municipio Caroní, la misma presenta la necesidad de rescatar el concepto de tasa en el servicio de recolección de desechos, la cual debe ser cobrada por el Estado y no por un privado.

Asimismo se propone que esta tasa -llamada tarifa desde la llegada de Fospuca- debe calcularse sobre los costos reales del servicio y la capacidad de generación de desecho del contribuyente.

“Quiero contradecir cualquier declaración que diga que la presencia de esta empresa en la ciudad no ha sido causante de que muchas empresas estén al borde del quiebre. A pesar de que en la ciudad hay un problema de combustible, falta de liquidez… Pero la bala que vino a ser fatal en la frente de las empresas fue el tema de este contrato duro y terrible que llevó al cierre de empresas y que hoy tiene a muchos empresarios que están pensando en cerrar”, comentó Olivo tras ser interrogado sobre la relevancia de estos cambios en la normativa de cara al posible cierre de negocios.

¿Qué se debe tomar en cuenta para cobrar el servicio de aseo urbano?

En noviembre de 2022, tras la llegada de Fospuca al municipio guayaneses organizaron múltiples jornadas de protesta para reclamar el alto precio de las tarifas de la empresa. Asimismo, desde la Asamblea de Ciudadanos, asociación civil que trabaja para erradicar el alto costo del servicio, rechazaron que las tarifas de la compañía se fijaran según los metros cuadrados del local comercial y no según su generación de desechos.

La propuesta del sector industrial evidencia cómo esta metodología contraría la Ley de Armonización Tributaria, la cual entrará en vigencia el próximo 11 de noviembre.

En este sentido, el artículo 47 de la normativa dictamina que la tasa de recolección de desechos deberá “establecerse sobre la base de costos reales del servicio y en función de la cantidad de suscriptores servidos, la capacidad de generación del sujeto, el tipo, las características y el volumen de los desechos que trata”.

Sobre esto, la vocería de Camindustrias señaló que la metodología actual no se apega a estos criterios, puesto que quienes deben pagar lo hacen según la amplitud de sus negocios sin considerar si se están operativos o si se benefician del servicio.

Asimismo se apegan al artículo 10 donde se ordena que “los tributos estadales y municipales no podrán tener carácter confiscatorio ni permitir la múltiple imposición interjurisdiccional o convertirse en un obstáculo para la economía nacional”, sobre esto, a principios de 2023 más de 40 comerciantes presentaron quejas en contra de las tarifas de la empresa.

Por último, Fospuca fija sus tarifas en dólares, así como sus acuerdos de pago -a pesar de que sus trabajadores tienen salarios en bolívares- lo que violenta el artículo 13, el cual manifiesta que todos los tributos deben ser pagados en bolívares. “Ninguna autoridad estadal o municipal podrá proceder al cobro de tributos, accesorios o sanciones en moneda extranjera”, afirma la normativa.

“La Alcaldía debería ser la encargada de ejecutar las demandas a los usuarios. Se estila que las tasas las cobre el Estado. La Alcaldía es la encargada de cobrar. Eso no se hizo. Algunos colegas presionados por el bloqueo de la página fueron y firmaron contrato con la empresa recolectora, quedaron atrapados en ese contrato. Nosotros hacemos un llamado a nuestros colegas a no firmar ningún contrato o acuerdo de pago. No es la empresa recolectora que debe firmar esos contratos, sino la Alcaldía. Esperen a que llamen a consulta pública sobre las reformas que se están haciendo a las ordenanzas en el marco de la nueva Ley de Armonización Tributaria”, llamó la vocería de la cámara.

Eliminar bloqueo del portal

Antes de la llegada de Fospuca, la Alcaldía de Caroní aprobó la Solvencia Única Municipal, un documento que exige a los contribuyentes estar al día con el pago de los servicios públicos para poder declarar impuestos.

Luego de la llegada de Fospuca, se aplicó un mecanismo catalogado por los afectados como coercitivo, que busca obligar a pagar el servicio, aplicando el bloqueo del portal fiscal de la Superintendencia de Administración Tributaria -a través del cual los ciudadanos pagan los impuestos- si el usuario no está solvente con el pago de servicios públicos. Esto convirtió el pago a Fospuca en una obligación para evitar ser multado por el Ayuntamiento.

En este sentido, la segunda reforma propone la eliminación de dicha metodología a través de la “desvinculación del condicionamiento del pago de impuestos”. Esto apegándose a que los tributos no deben tener carácter confiscatorio y se puede acudir a otras formas para que el ciudadano cumpla con sus obligaciones tributarias.

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