REDHELARA: Basta de criminalización y persecución a quienes organizaron y participaron en la elección Primaria #30Oct

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La Red de Derechos Humanos del estado Lara (REDHELARA) se pronunció sobre la citación que emitió el Ministerio Público a los representantes de las Juntas Regionales de Primaria en todo el país.

En el documento, REDHELARA la Comisión Nacional de Primaria así como sus Juntas Regionales se encuentran hoy sometida a serias amenazas e imputaciones por parte de voceros del partido de gobierno y altas autoridades del Estado.

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«Utilizando todos los medios públicos disponibles, han desplegado una campaña sistemática de descalificaciones sobre la transparencia del proceso comicial que logró convocar a más de 2 millones de personas, tanto en el país como en más de 30 ciudades del exterior, a la vez que amenazan con la imputación de delitos a integrantes de las organizaciones ciudadanas que voluntariamente llevaron adelante los procesos que culminaron con el escrutinio y difusión de los resultados de la Primaria», dice parte del escrito.

En la misiva, señalaron que ninguno de los candidatos participantes en la Primaria ha denunciado la existencia de “Fraude” en relación al volumen de participantes o de sus resultados, incluso después de difundir los 3 boletines con los datos al respecto.

También destacaron que la Comisión Nacional de Primaria actuaron con apego a
reglamentaciones y normas que internamente fueron aprobadas por todas las
candidaturas participantes, con el reconocimiento y la aceptación de tales
candidaturas. Por tanto, indicaron que es infundada la calificación de haber incurrido en un
supuesto delito de “Usurpación de Funciones Electorales”.

A continuación expresaron las siguientes consideraciones:

  1. Los derechos a la participación, la asociación, a la designación de representantes y participación en asuntos de su interés por parte de la ciudadanía, están
    expresamente consagrados en la legislación nacional. La autonomía de grupos de
    ciudadanos para organizar un evento comicial que les permita escoger sus
    representantes, constituye un legítimo ejercicio de sus derechos, por lo que no están obligados a realizarlo bajo la tutoría o la conducción de entes del Estado; sobre todo si no se escogen en tales eventos cargos públicos.
  2. La Comisión Nacional de Primaria y las Juntas Regionales asumieron sus roles en forma voluntaria después de amplios procesos de consultas entre diferentes actores sociales y políticos que participaron en ese proceso y, en ningún momento han emitido declaraciones o pronunciamientos públicos en las que expresaran haberse constituido en autoridades electorales oficiales. Actuaron con apego a
    reglamentaciones y normas que internamente fueron aprobadas por todas las
    candidaturas participantes, con el reconocimiento y la aceptación de tales
    candidaturas. Por tanto, es infundada la calificación de haber incurrido en un
    supuesto delito de “Usurpación de Funciones Electorales”
    .
  3. Hasta el presente, ninguna persona que haya participado o no en la Elección
    Primaria del 22 de octubre, ha realizado denuncia o presentado alguna evidencia de “Usurpación de Identidad”, otro de los delitos a los que se ha aludido. Mal podría una autoridad oficial o un dirigente del partido de gobierno, imputar a integrantes de la Comisión de Primaria responsabilidad alguna en propiciar masivamente alguna irregularidad o delito al respecto. Si en tal caso hubiese ocurrido alguna eventualidad de este tipo, es imprescindible que quien hubiese sido víctima de tal situación lo denunciara, y que se investigara a quien o quienes pudieron ser responsables individuales de la misma. Por tanto, a la Comisión Nacional de Primaria no puede atribuir delitos al respecto.
  4. Ninguno de los candidatos participantes en la Primaria ha denunciado la existencia de “Fraude” en relación al volumen de participantes o de sus resultados, incluso después de difundir los 3 boletines con los datos al respecto. Por el contrario, han sido públicas las declaraciones de los candidatos y partidos políticos postulantes reconociendo los resultados y expresando sus parabienes y reconocimiento a la candidata electa. Por tanto, si no existen pruebas que certifiquen el supuesto delito que se les imputa, no hay fundamento para la actuación que impulsa la Fiscalía General de la República.
  5. Los centros electorales fueron, casi en su totalidad, ubicados en casas de familia, y -en gran medida- toda la logística y recursos fueron aportados voluntariamente por miles de personas que trabajaron sistemáticamente para hacer posible de forma autogestionaria este complejo proceso. Salvo el “Cotillón electoral”, los recursos que permitieron organizar este evento surgieron del aporte de quienes decidieron comprometerse con el mismo en todo el territorio nacional y en decenas de ciudades del exterior.
  6. Todas las amenazas e imputaciones que se le hacen a la Comisión de Primaria y a las Juntas Regionales configura claramente una violación al derecho de participación y evidencia un delito de persecución política contra un amplio sector de la población, siendo este tipo de delito una de las razones fundadas por las cuales se investiga al Estado venezolano en el proceso abierto en la Corte Penal Internacional con el caso Venezuela I.

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