Las inhabilitaciones políticas obstaculizan el camino hacia unas elecciones auténticas y democráticas #15Jul

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Las inhabilitaciones a los líderes políticos de oposición al gobierno de Nicolás Maduro ha sido un patrón de persecución ejercido desde al menos el año 2002, con la finalidad de acabar con el pluralismo político en Venezuela y a través de elecciones carentes de autenticidad mantenerse indefinidamente en el poder.

Ahora bien, la forma en la que se han llevado a cabo las inhabilitaciones políticas no solo constituye un patrón de persecución por parte del gobierno de Nicolás Maduro porque se trata de un evidente acto arbitrario que, como hemos mencionado, busca acabar con el pluralismo político y crear un escenario electoral que permita la permanencia indefinida en el poder, sino que además se lleva a cabo a través de procedimientos que son violatorios a los derechos humanos.

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Las inhabilitaciones políticas son un patrón de persecución

El gobierno de Nicolás Maduro a través del uso indebido del poder del Estado y el control de las instituciones, como ha sido el de la Contraloría General de la República, ha utilizado de forma sistemática la figura de las inhabilitaciones políticas, en muchas ocasiones incluso inhabilitaciones express, es decir, luego de que el organismo electoral hubiera admitido formalmente la inscripción del candidato; para impedir la participación en los procesos electorales de los principales líderes políticos de la oposición y de esta manera crear un escenario electoral a su medida. Tal es así, que se estima que más de 1000 líderes políticos han sido inhabilitados en los últimos 20 años

Aún más, al patrón de las inhabilitaciones políticas, se suman otros patrones de persecución contra líderes políticos, los cuales desde Cepaz hemos documentado ampliamente desde al menos el año 2014. Entre ellos, las detenciones arbitrarias, apertura de procedimientos judiciales, destitución de cargos públicos, allanamientos  irregulares a sus viviendas, allanamientos de la inmunidad parlamentaria, amenazas, hostigamientos, violencia, e incluso ataques contra los familiares del liderazgo opositor.

Los ataques sistemáticos contra el liderazgo político de oposición, incluyendo las inhabilitaciones políticas, constituyen una violación al ejercicio de los derechos políticos de las víctimas directas, que mediante actos arbitrarios son impedidos de participar en los asuntos políticos y públicos del país y a ser elegidos mediante elecciones periódicas y auténticas, pero también los derechos de la población que no puede votar libremente por el liderazgo por cual se sientan representados.

Un acto administrativo no puede suprimir el derecho a ser electo para cargos de elección popular

La normativa venezolana contempla las inhabilitaciones políticas a los cargos de elección popular como una pena accesoria, es decir, que la misma es consecuencia de una principal que debe derivarse de una sentencia firme, dictada por un tribunal.

Lo anterior se traduce en la imposibilidad de que un órgano como la Contraloría General de la República pueda con una decisión administrativa inhabilitar a un ciudadano de ejercer el derecho a ser elegido a cargos de representación popular, ya que no tiene la competencia para tomar este tipo de decisiones, pues como lo hemos mencionado, estas decisiones recaen sobre un tribunal.

Aún más, el ejercicio del derecho a elegir y ser elegido es un derecho humano, así como también lo son las garantías del debido proceso y el derecho a la defensa en un proceso judicial, incluyendo aquel que deriva a una inhabilitación política. Al respecto, la Convención Americana de Derechos Humanos reconoce las limitaciones a los derechos políticos que se encuentren fundadas en una condena dictada por un juez competente que imponga al condenado la pena accesoria de inhabilitación política. Esto reafirma la imposibilidad de que un órgano distinto a un tribunal con autonomía, independencia y con competencia pueda inhabilitar políticamente a un ciudadano.

En definitiva, las inhabilitaciones políticas no solo representan un patrón sistemático de persecución política, sino que además se llevan a cabo bajo procedimientos que vulneran la Constitución Nacional y las convenciones y pactos internacionales en materia de derechos humanos.

Candidatos impuestos y voces silenciadas

Estas acciones nos acercan a un escenario 2024 muy complejo. La agudización en el ejercicio, por parte del gobierno, de los patrones de persecución y criminalización política, incluyendo las inhabilitaciones políticas, están dirigidos a crear una oposición a la medida del gobierno de Nicolás Maduro de cara a las elecciones presidenciales del año 2024, de modo de asegurar una victoria que le permita mantenerse en el poder por un nuevo periodo.

Desde el Centro de Justicia y Paz, Cepaz, hemos condenado de manera reiterada los ataques sistemáticos y violatorios de los derechos humanos de los cuales son víctimas los actores políticos y demás personas y organizaciones que han sido consideradas enemigos al gobierno de Nicolás Maduro. Asimismo, hemos documentado y denunciado cómo en los contextos pre electorales estos patrones se agudizan. La reciente inhabilitación de la candidata de oposición en representación del partido político Vente Venezuela, María Corina Machado y las maniobras en torno a una posible suspensión de las elecciones primarias de oposición son ejemplos claros de ello.

Nos preocupan los ataques contra las instituciones democráticas y los obstáculos que nos alejan de la posibilidad de unas elecciones auténticas y transparentes en el país. En el año 2021 la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea emitió 23 recomendaciones en el que se incluye “suprimir la prerrogativa del Contralor General de despojar a los ciudadanos de su derecho fundamental a presentarse a las elecciones mediante un procedimiento administrativo y sin notificación oportuna, lo que negativamente impactos en el derecho a la defensa”. 

Insistimos, un escenario electoral robusto de garantías requiere cumplir con estas y otras recomendaciones emanadas de los órganos internacionales de protección de derechos humanos, así como con las convenciones y pactos internacionales en materia de derechos humanos.

Con información de Cepaz

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