Trabajo de www.talcualdigital.com
Después de 12 años en mora electoral, la Universidad Central de Venezuela (UCV) se prepara para una megaelección este viernes 26 de mayo, en la cual están habilitados más de 220.000 personas registradas en el padrón electoral definitivo, quienes podrán votar para 293 cargos en los cuales se renovarán las cuatro autoridades rectorales, decanos de las 11 facultades, y representantes profesorales.
Sobre la UCV y el resto de las universidades autónomas (ULA, UDO, UC) pesan sentencias del Tribunal Supremo de Justicia desde el año 2011, una medida que ha estancado por más de una década a quienes ocupan cargos que fueron concebidos para permanecer por un máximo de cuatro años.
La prohibición para la realización de los procesos electorales estaba condicionado a que se ajustaran los reglamentos a las nuevas condiciones que surgieron desde la promulgación de la Ley Orgánica de Educación: establecer la obligatoriedad de que la votación sea 1×1, es decir una proporción igualitaria para profesores, estudiantes, empleados administrativos y obreros.
La aprobación del reglamento transitorio de la UCV permitió un consenso en el cual se mantuvo el 1×1 solo para profesores, pero se respetó la proporción de voto para estudiantes y egresados, y se incluyó por primera vez la participación de empleados administrativos y obreros.
¿Quiénes pueden votar?
El registro definitivo del padrón electoral indica que 221.998 electores están habilitados para participar en este proceso. Para verificar el registro haga clic aquí:
Los cinco grupos pertenecientes a la comunidad ucevista que podrán votar son profesores, estudiantes, personal administrativo, obreros y egresados.
¿Qué cargos se eligen?
La comunidad universitaria tendrá la posibilidad de elegir entre siete candidatos para rector, y también se renovarán los 11 cargos para decano de facultad y los representantes profesorales.
Los profesores activos adscritos a una facultad deben elegir los cargos para: rector, vicerrector (a) administrativo, vicerrector (a) académico, secretario (a), decano (a), un representante para el Consejo de Apelaciones, siete representantes para el Consejo de Facultad, cinco representantes para Consejo Universitario y cinco representantes para el Consejo de Escuela a la cual están adscritos.
Los profesores activos y jubilados adscritos o no a una facultad solo pueden votar para rector, vicerrector (a) administrativo, vicerrector (a) académico, secretario (a) y cinco representantes para Consejo Universitario.
El personal administrativo y obrero activos adscritos a una facultad podrán votar por rector, vicerrector (a) administrativo, vicerrector (a) académico, secretario (a), decano (a) y un representante para el Consejo de Apelaciones.
El personal administrativo y obrero jubilados adscritos o no a una facultad podrán votar solo por las cuatro autoridades principales: rector, vicerrector (a) administrativo, vicerrector (a) académico y secretario (a).
Los estudiantes y egresados tendrán derecho a votar por rector, vicerrector (a) administrativo, vicerrector (a) académico, secretario (a), decano (a) y un representante profesoral para el Consejo de apelaciones.