El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio, organismo designado por la asamblea nacional electa en el año 2015, anuló este viernes el acto que disolvió el gobierno interino de Juan Guaidó.
“Tal acto transgredió la obligación del presidente de la Asamblea Nacional [Guaidó] de asumir el cargo de presidente de la República en condición de encargado (…) mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente o presidenta luego de cumplida una nueva elección universal, directa y secreta”, consideró el organismo.
Guaidó consideró este acto por parte de los diputados como un salto al vacío, por las intenciones políticas de la oposición de cara a las primarias.
El gobierno interino se basa principalmente en el artículo 233 de la constitución de la República, que explica que ante una ausencia de poder en el ejecutivo, el presidente de la asamblea nacional tomará el poder mientras se realizan unas elecciones legales en el país.