Tanto los educadores como los demás trabajadores de la educación han venido protestando enérgicamente en todo el país, porque Nicolás Maduro ha desconocido el artículo constitucional 91, que tenía no sólo que conocerlo sino aplicarlo plenamente porque él suscribió la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y como jefe de su administración tiene que se el primer funcionario en cumplirlo y hacerlo cumplir.
Este es el fundamento de la declaración que hace el movimiento Democracia y Libertad, que seguidamente remite el contenido de dicho mandato: Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria de conformidad con la ley.
El artículo concluye en estos términos: El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital, que será ajustado cada año tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento.
Democracia y Libertad indica que la elaboración de los textos legales establece lo que se denomina la progresividad de las decisiones de naturaleza legal,lo cual quiere decir que en el tiempo se harán ajustes en beneficio del ciudadano que trabaja y su familia.
Cuando la Constitución establece que el Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras, como está especificado anteriormente, significa que hará todo lo que esté a su alcance para que se cumpla el precepto. Su desconocimiento condena a la familia a su extinción, porque un trabajador o trabajadora no puede vivir con un grupo familiar con un salario mínimo como el que ha fijado Nicolás Maduro.
Como ya el Banco Central de Venezuela ha dejado de publicar detalles de la economía nacional, sólo nos quedan las cifras que suministra el Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (Cendas), el cual informó que el costo de la canasta de alimentos para el mes de diciembre del 2022 fue de 485,06 dólares, equivalente a 63,74 salarios mínimos que fue lo mismo que 22,74 salarios mínimos más que en noviembre del mismo año. De modo, pues, que si Maduro cumpliera con el contenido del artículo 91, el salario mínimo al ser ajustado estaría por el orden de los 500 dólares sólo por concepto de canasta de alimentos.
Lo que están exigiendo los docentes y trabajadores de la educación no sólo es razonable, sino que están pidiendo el cumplimiento de la Constitución que el propio señor Maduro suscribió cuando fue miembro de la Constituyente. No puede, por tanto, buscar excusas porque si asumió la responsabilidad de ejercer la presidencia de la República debió tomar en cuenta que su primer deber era respetar la Constitución, y, por tanto, las protestas que se han venido haciendo son estrictamente constitucionales porque se ajustan al mandato del texto constitucional, termina diciendo la declaración de Democracia y Libertad firmada por el profesor Pedro Pablo Alcántara.