#OPINIÓN Visión Ciudadana: Las Matralcabalas #4Ago

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No sabíamos que la palabra “matraca” tuviera tantas acepciones desagradables muy apropiadas para lo que representa en el pueblo venezolano: cargante, inoportuno, latoso, pegajoso, insufrible, insoportable, molesto. Por otra parte, el significado de la palabra “alcabala” nos deja en el limbo pues tal palabra, de origen árabe, significa impuesto o gravamen. Trataremos de explicar en este corto espacio cómo se une lo odioso de la matraca con el “tributo” que exigen los facinerosos bandidos que conforman las alcabalas para la cotidiana realidad del país. Es lo que hemos llamado las “matralcabalas”. 

La matraca es sencillamente corrupción administrativa. El funcionario público no debe percibir otro emolumento diferente a su sueldo en la prestación de sus servicios. No es necesario que deje de cumplir con sus funciones o lo haga contrariando a la ley: sòlo el recibir alguna prebenda en sus funciones, así las realice apegado estrictamente a la ley, comete el delito de corrupción impropia, sancionado con prisión de uno a cuatro años, según el artículo 61 de la Ley Contra la Corrupción. En el caso de que dicho funcionario retarde u omita algún acto propio de sus funciones o efectúe alguno que sea contrario a su deber, y para ello reciba alguna suma de dinero o prebenda, la pena a imponer sube de tres a siete años de prisión conforme al artículo 62 de la misma Ley. Conclusión: toda recepción o promesa de recibir dinero u otra utilidad por parte del funcionario público en el ejercicio de sus ocupaciones constituye delito, así no haga nada indebido en dichas ocupaciones y si hace algo contrario a ellas, la sanción será mayor. 

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La matraca asume una representación todavía más peligrosa para la ciudadanía bajo la figura de la concusión, que no es otra cosa que la extorsión que ejerce el funcionario público constriñendo a alguna persona para que le dé o prometa alguna suma de dinero u otra dádiva en el ejercicio de su cargo, lo cual se pena con hasta 6 años de prisión según el artículo 60 de la Ley mencionada. Por ejemplo, cuando un funcionario de tránsito o de policía amenaza con retener indebidamente un vehículo automotor por causas que no se establecen en la ley, si no se le entrega la coima que reclama, está constriñendo la voluntad de la víctima, por lo cual se comete este delito.

Ahora, ¿qué tiene que ver la matraca con las alcabalas? ¿qué es la “matralcabala”? 

En principio la palabra de origen árabe “alcabala”, era un impuesto que pagaba el comerciante foráneo por las ventas realizadas en los mercados de la localidad, por lo que se instalaban puestos de policía en las salidas de las ciudades o localidades para recaudar el tributo que causaba el forastero por sus labores mercantiles. A través del tiempo la expresión “alcabala” pasó a denominar cualquier puesto de policía dentro de las ciudades o en las carreteras del país. Puestos estos que en Venezuela sirven principalmente para que los policías, los agentes de tránsito terrestre o los militares que lo componen se “redondean” sus sueldos de funcionario público “matraqueando” pública e impunemente a la ciudadanía. Lo peor es que se comenta que no sólo el funcionario que perpetra el hecho se ve beneficiado, sino que de ese pote de inmundicia corrupta también participan sus superiores. Ellos también “tienen el derecho” de redondear sus sueldos.  

Valentina Quintero, nuestra insigne cronista viajera, denunció públicamente estas tropelías y allí salió nada menos que el Almirante Remigio Ceballos, Ministro de Relaciones Interiores, aconsejando a Quintero en el sentido de que no generalizara, como si los funcionarios a su mando fueran unos angelitos con una u otra “oveja negra” en su seno. No señor General, la corrupción en las “matralcabalas” es su función principal y todo venezolano vaya en automóvil, camión, autobús, motocicleta, bicicleta o simplemente a pie, al ver a los funcionarios que las integran piensa automáticamente: “ahí están esos corruptos que ya me van a matraquear”. Esa es la generalidad señor General.

La situación ha llegado a tal magnitud que el Fiscal General de la República y el Gobernador del Estado Táchira de desempeños no precisamente transparentes, han denunciado tan generalizado vicio que alarma inclusive a sujetos que pertenecen al mismo redil de quienes cometen tales ilícitos. Todavía roda en nuestros recuerdos la tragedia de los hermanitos Faddoul, el secuestro y muerte del empresario Filippo Sindoni, la captura y homicidio de los estudiantes en el Barrio Kennedy en Caracas, el secuestro y asesinato de Mario Oropeza Riera y tantos hechos sufridos por modestos ciudadanos que la “justicia” los esconde en actitud cómplice, producto de estos operativos policiales que no impiden crímenes horrorosos como estos pero que funcionan  como matralcabalas. 

Debido a tantas y tan graves irregularidades, el Ministerio de Interior y Justicia aprobó un decreto que se encuentra vigente por medio del cual se prohíbe a los funcionarios instalar alcabalas a menos que sea necesario por razones de servicio policial, pero para instalarlas deben notificar al Ministerio por lo menos con 24 horas de anticipación, para poder autorizarlas. Si viviéramos en un Estado de Derecho le recomendaríamos al ciudadano hacerse de ese Decreto y mantenerlo en el vehículo automotor, para exigirle a quien lo detenga en esos operativos el permiso expedido por el Ministerio. Pero como no es así, sino que nos rige un régimen arbitrario, dicha exigencia lo que puede producir es que el funcionario aumente el monto de la ilícita exigencia o lo ponga preso. No nos extrañaría.

Es posible que en otros países del mundo existan puntos para recaudar el peaje o tasa que se paga por la prestación del servicio de autopistas viales, pero lo que no existe es ¡¡¡ALCABALAS EN AUTOPISTAS!!! El campeonato en estas ilícitas prácticas se lo lleva el Estado Yaracuy que por desgracia limita con nuestro Estado Lara que no está libre de pecado, pero lo que lamentamos es que por nuestro vecino Yaracuy debemos transitar para acercarnos al centro del país. Vemos con desconfianza y temor cada “puesto de control policial” como eufemísticamente lo llaman, en donde se nos solicita hasta la partida de nacimiento de nuestros abuelos. Observamos pasajeros de autobuses humillados y constreñidos a abrir sus maletas para rebuscar con sus toscas y groseras manos de funcionario policial entre sus ropas y otros objetos que transportan. Constatamos como a humildes agricultores y transportistas de frutas y verduras les merman sus cargas en cada alcabala en donde los paran. Sabemos de empresas de transporte que dentro de sus presupuestos colocan una partida especial para el pago de estas delincuenciales exigencias.

Por supuesto que debe existir seguridad en las carreteras y autopistas y para ello es indispensable la presencia de un permanente patrullaje con funcionarios uniformados que la garanticen y sòlo podrían solicitar detener al vehículo en caso de que su conductor cometa una infracción o que el vehículo presente defectos por los cuales no deba circular. Pero eso de instalar “puestos de control policial” o alcabalas en donde se le ocurra a 4 o 5 policías o militares, así no sea para matraquear, lo cual será difícil a pesar de la opinión del Almirante Ceballos, es  una  excepción, una anomalía, que no se ve en ningún país que se rija a través de un sistema democrático y en Venezuela està prohibido según el Decreto que ya comentamos. 

Mientras el artículo 50 constitucional pregona que “Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional”, el oficialismo y sus secuaces se empeñan en que esa proclama se convierta en palabras sin sentido, sin anclaje en la realidad, sometiendo a la población a un vasallaje vil propio de los regímenes autoritarios. Las alcabalas regadas en todo el territorio nacional son una muestra de la corrupción generalizada que mina y destruye moral, institucional y materialmente a nuestra patria.  

Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez

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