El pasado 25 de abril falleció el profesor José Guillermo Andueza Acuña, uno de los constitucionalistas más destacados de nuestro país. Sus valores republicanos, su vida familiar, su carrera universitaria y política dejan su impronta en el mundo académico.
Andueza fue mi profesor de Principios de Derecho Público y Derecho Constitucional en pregrado en el año 1969 en la Universidad Católica Andrés Bello. En 1980 fui nuevamente su alumno en el doctorado de la Universidad Central de Venezuela en la materia Regímenes Políticos Latinoamericanos. En ambos cursos, el profesor Andueza se caracterizó por su admirable puntualidad, la claridad expositiva y por hacer claro lo complejo.
En pregrado se destacó por ser un profesor que estimulaba la reflexión y el sentido crítico entre sus alumnos. No patrocinaba los estudios memorísticos, porque el caletre atrofia la capacidad de pensar. A la hora de evaluar, formulaba las preguntas de tal manera que era necesario responder privilegiando la reflexión, a partir de los conocimientos teóricos que impartía. Contrastaba su estilo cartesiano con aquel basado en la mecanización de la enseñanza. Pero también estimulaba el razonamiento inductivo, a partir de problemas concretos. Puedo afirmar sin vacilar que no era un profesor autoritario, sino tolerante con las posiciones distintas a la suya, siempre que fuesen fundados en análisis teóricos y en razonamiento coherente.
Fue decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela y director del Centro de Estudios de Posgrado de la misma facultad. Fue, entonces, un ucevista integral. También fue profesor de la Universidad Católica Andrés Bello y decano de la Faculta de Derecho de la Universidad José María Vargas.
Andueza también ejerció la función pública bajo el manto de la probidad. Vale la pena recordar que en el año 1981 renunció al cargo de ministro de Justicia, porque “el sueldo no le alcanzaba para cubrir los gastos de una familia tan numerosa como la suya”. Estos valores éticos merecen ser recordados en momentos en que la corrupción se ha convertido en uno de los vicios más protuberantes del momento. Existe una cultura de la corrupción que luce desbordada e incontrolada por falta de controles institucionales. Mi respeto y admiración por el profesor Andueza me animó a dedicarle mi primer libro, La demanda, que publiqué en el año 1987, con ocasión de la aprobación del nuevo Código de Procedimiento Civil.
Posteriormente, el destino me dio la oportunidad de darle contestación a su discurso de incorporación como individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, para ocupar el sillón número 2, que había quedado vacante por el fallecimiento del expresidente Rafael Caldera. Andueza fue electo en sesión del 6 de abril de 2010 y se incorporó el 19 de julio de 2011. Presentó un trabajo titulado “La constitucionalización del autoritarismo”, en el cual demuestra cómo se distorsiona la democracia gracias a la concentración del poder y el control de los jueces. Este tipo de autoritarismo militarista se ha convertido en un obstáculo para la libertad de los venezolanos. Se trata, igualmente, de una distorsión del sistema presidencial, el cual es abordado por Andueza a partir de las disposiciones constitucionales que respaldan esta forma de gobierno.
Más allá de la norma, destaca que la interpretación que se hace de la disposición constitucional va dirigida a apuntalar el abuso de poder, por cuanto las instituciones, que deben ser el balance democrático, han perdido su sentido al estar sometidas al poder político. Para ilustrar el marco general del autoritarismo, Andueza examina los orígenes históricos de lo que la doctrina denomina las constituciones de fachada. Aquí se hace eco de las lapidarias palabras de Karl Lowenstein, quien advertía que las constituciones se usaban cada vez más “para camuflar regímenes autoritarios y totalitarios”.
En el caso venezolano, la aguda inteligencia de Laureano Vallenilla Lanz distinguió entre constitución de papel y la constitución efectiva. La primera contiene las declaraciones abstractas; la segunda es la que se aplica en la realidad. Pese a los postulados constitucionales, la constitución real es la que el régimen autoritario impone. El autócrata ejerce el poder a su antojo, sin controles institucionales. El conflicto entre forma y fondo es un drama en el sistema jurídico venezolano. Se trata de la eterna búsqueda por encontrar la apariencia de legitimidad escribiendo o “interpretando” la Constitución.
El autoritarismo militarista es una manera peculiar del ejercicio del poder, que fortalece los deseos y caprichos del autócrata, quien no encuentra resistencia institucional en su afán autoritario. Y, por ese motivo, la tarea legislativa debe ir ceñida a una sana interpretación del texto constitucional. Sin embargo, demuestra Andueza que la tarea legislativa, lejos de adaptarse al texto de la Constitución, más bien se aparta de su espíritu y razón, lo que se observa en lo que atañe a las Leyes Orgánicas.
El autoritarismo militarista favorece un orden constitucional simulado. Hay un fraude constitucional continuado que se conecta con el formalismo jurídico: dar la apariencia de legalidad cuando en el fondo se trata de una constante violación al espíritu de la norma. Es lo que ocurre con el sistema formalista del derecho: revisar la forma sin adentrarse en la verdad de los hechos. Con una constitución de fachada y sin separación de poderes, tenemos una democracia aparente o formal. En el fondo hay un régimen autoritario que ha convertido el principio de la alternancia en una ilusión.
Buen ejemplo de lo antes señalado es lo que acaba de ocurrir con la elección de los “nuevos” magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. De acuerdo con una cadena de estratagemas legislativas y hermenéuticas se han designado magistrados que rebasarán el período de 12 años a que se refiere el artículo 264 de la Constitución que señala: “Los magistrados o magistradas serán elegidos por un único periodo de doce años”. Sin embargo, la Asamblea Nacional reformó la citada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y autorizó que quienes ya eran magistrados podían postularse para un nuevo período. De esta manera será posible que, al menos dos de los elegidos, superen veinte años en el TSJ. Esto ratifica que estamos ante una constitución de fachada o de papel, porque la constitución real es la que impone el mecanismo autoritario.
Los planteamientos anteriores no pretenden ser un ejercicio teórico, sino el contraste entre lo que postulan los principios de una República democrática y las astucias de la visión autoritaria de la norma constitucional. Para recuperar los aires de libertad e impulsar los bríos republicamos se requiere de un liderazgo civil unido e inspirado en las figuras estelares del año 1958. Este liderazgo, con Rómulo Betancourt a la cabeza, pudo imponer un proyecto político de largo aliento que permitió recuperar la democracia.
Por todo lo anterior, hay que recordar, como se merece, a José Guillermo Andueza al ponernos a pensar sobre los efectos letales de la constitucionalización del autoritarismo militarista.
Ramón Escovar León