Efectivamente la Sala de Cuestiones Previas de la Corte Penal Internacional (CPI), por solicitud del fiscal Khan, respondió negativamente a una petición del Ejecutivo Nacional para que se inhibiera de seguir conociendo en las investigaciones de crimines cometidos en el país.
El artículo 18, numeral segundo del Estatuto de Roma dispone que dentro del mes siguiente de notificado, el Estado investigado podrá solicitar la inhibición del Fiscal para continuar la investigación debido a que “…está llevando o ha llevado a cabo una investigación en relación con sus nacionales”. En estos casos el Fiscal ha de inhibirse, a menos de que, “la Sala de Cuestiones Preliminares decida, a petición del Fiscal, autorizar la investigación”. Y esto último fue lo sucedido, el Fiscal no creyó los alegatos del gobierno en el sentido de que se están realizando los juicios correspondientes en contra de los autores de crímenes en Venezuela de la competencia de la CPI.
El gobierno está empeñado en dar una imagen que no se corresponde con la realidad a través de la aprobación de leyes y reformas de leyes de eficacia simbólica, pues carecen de eficacia instrumental, es decir, de capacidad para cambiar la realidad de un Poder Judicial vergonzosamente sumido en la obediencia absoluto a los mandatos del oficialismo. Eso se vio claramente con las reformas del Código Orgánico Procesal Penal y la aprobación de una nueva Ley en relación a la libertad personal. Consecuente con estos ardides se pretendió conformar un Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) con Magistrados idóneos y autónomos en sus labores para dar la imagen de independencia, pero lo que hizo tal iniciativa fue despertar los demonios de la avidez de poder de facciones del partido político del gobierno, cuyos representantes se alzan desde sus guaridas con sus postulaciones en las manos para Magistrados del TSJ.
Esta imagen de iniquidad que se desprende del gobierno del país ante la comunidad internacional y que avergüenza al gentilicio venezolano, seguirá existiendo hasta que los verdaderos responsables de los crímenes de lesa humanidad cometidos sean enjuiciados, pues pareciera fácil desembarazarse de tal responsabilidad recurriendo a la farsa de la policizaciòn, buscando chivos expiatorios entre los ejecutantes materiales de tales hechos, pero tal pretensión choca de frente en contra del artículo 28 del Estatuto de Roma.
Efectivamente, el artículo 28 de dicho Estatuto establece que “…el superior será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte que hubieren sido cometidos por subordinados bajo su autoridad y control efectivo, en razón de no haber ejercido un control apropiado” , o cuando “….no hubieran adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento”.
Si se tratara de varios hechos aislados, que no representaran “un ataque sistemático contra la población civil”, como lo prevé el artículo 7 del Estatuto, relacionado con los crímenes de lesa humanidad, pudieran los altos funcionarios del oficialismo excepcionarse alegando su desconocimiento, pero ese no es el caso de Venezuela en donde los crímenes se han producido por cientos, igual que la detención de cientos de personas como presos de conciencia, torturas, abusos sexuales y toda clase de desafueros que se han reflejado en los medios y las redes de comunicación. Hechos notorios como los referidos, producidos a través de años, señalan como responsables penalmente de ellos, además de sus perpetradores materiales, a los que ejercen el gobierno en el país.
Por otro lado el gobierno ha incurrido en falsedades para tratar de engañar a la justicia internacional. En este sentido el Director de Acceso a la Justicia, Alì Daniel, proporciona datos impresionantes que demuestran la dejadez de los órgano de justicia del país. Destaca Daniel que de 124 casos de los que se le pidió información, 116 están en fase preparatoria lo que significa que no se ha iniciado el proceso con la debida imputación a los autores de los crímenes que se investigan, ello representa el 93,5 por ciento de dichos asuntos.
Pues bien, la justicia internacional no ha caído en el timo preparado por el oficialismo, por lo que el fiscal Khan ha solicitado ante la Sala de Cuestiones Previas que se deseche la petición del Ejecutivo venezolano y que lo autorice para continuar la investigación abierta, a lo cual accedió dicha Sala. Esto revela otro asunto de mucho valor: la celeridad que los órganos de la justicia internacional le han imprimido al proceso, pues la solicitud del Ejecutivo fue formulada el 16 de abril y en menos de una semana se produjo el alegato contrario de Khan y la decisión de la Sala competente de la CPI. Así qué, señores, a correr piojos que viene el peine.
Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez