¿Cuándo aplica el cobro del impuesto a las transacciones en dólares? #31Mar

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La aplicación del impuesto a las transacciones en dólares en Venezuela aún es complicada de entender, y los venezolanos siguen con dudas al momento de hacer sus pagos en los locales comerciales, así lo reseñó Monitoreamos.

Al respecto, el economista y socio-director de Ecoanalítica Asdrúbal Oliveros explicó -en una entrevista en la emisora radial Éxitos– cuándo aplica el cobro del impuesto a las transacciones en dólares.

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“Las modalidades que aplica el Impuesto a las grandes transacciones financieras son cuando se realiza el pago en efectivo en divisas (dólares) y en sistemas de pago como Zelle y Paypal”.

Cuando NO aplica el impuesto:

Pagos con su tarjeta de débito nacional.

Pago móvil.

Pago con cuenta en divisas nacional asociada a tarjeta de débito.

Pago con tarjeta de débito internacional que pasa por punto nacional, porque la compensación es en bolívares.

Destacó que «es peligroso en el tiempo la entrada en vigencia de impuesto a las grandes transacciones financieras cuando apenas el país esta saliendo de un ciclo hiperinflacionario muy fuerte. Lo que está creciendo en Venezuela son los comercios y servicios. Ahora este impuesto a los pagos en divisas puede generar un gran frenazo».

Insistió en que «la desconfianza del ciudadano en el Estado venezolano genera evasión fiscal. Lamentablemente aquí hay un entorno donde no hay rendición de cuentas. Tenemos años que no sabemos la distribución del presupuesto anual de la Nación ni cómo se gasta. Eso genera desconfianza».

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Los tres objetivos del nuevo impuesto a pagos con divisas, según Ramón Lobo

El diputado de la Asamblea Nacional (AN), Ramón Lobo dijo este miércoles que el proceso de Declaración y Pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) tiene como objetivo principal homologar la utilización de la divisa con respecto al bolívar.

En entrevista concedida a Venezolana de Televisión (VTV), Lobo aseguró que cuando se estaba haciendo la discusión para que entrara en plenaria, indicaron que la reforma que se efectuó antes de ser aprobada como Ley, tenía como objetivo homologar la utilización de la divisa con respecto al bolívar.

Lobo explicó que en 2015 se aprobó el decreto con rango, valor y fuerza de Ley a las Grandes Transacciones Financieras en la que se establecía una alicuota inicial que arrancó en 0,75% y actualmente está en el 2% a las operaciones que se daban dentro del sistema financiero nacional, es decir que se pechaba en un 2%.

Sin embargo, el economista agregó que la realidad económica venezolana producto de «todo ese ataque sistemático a la economía» que – a su juicio- generó un proceso hiperinflacionario que pese a que han controlado, ocasionó la utilización de la divisa en la economía nacional.

«Eso sucede en toda economía inflacionaria, donde la sociedad busca la manera de garantizar el poder adquisitivo de sus ingresos refugiándose en una moneda extranjera. Se estaba pechando la utilización del bolívar, pero no de la divisa y eso da una desventaja para el uso de nuestra moneda nacional, por eso el objetivo central tiene que ver con fortalecer la utilización del bolívar en la economía».

Además de la razón expuesta, según el economista otro de los objetivos de la Ley son: permitir incrementar la oferta de divisas en el mercado cambiario, porque considera que si hay una mayor cantidad de moneda que se pone para la demanda, debe ayudar a establecer el precio de la tasa de cambio.

Según Lobo, también tiene una finalidad fiscalista, porque va a permitir al Estado obtener mayores ingresos: «Aquí no se modificó la alicuota en bolívares que se mantiene en 2%».

Por último, subrayó la necesidad de exigir como comprador la emisión de la factura, al efectuar compras en divisas, y advirtió que si alguien se niega a hacerlo es contribuyente especial o tiene la «mala intención» de no retribuir al Estado.

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