Entre enero y diciembre de 2021 se registró una cifra muy elevada de venezolanas víctimas de femicidio, de acuerdo con datos aportados por el Observatorio de Femicidios de Cepaz, el cual indica que, en total, 290 femicidios se consumaron en Venezuela y otros 84 en el exterior.
Cepaz critica la gran insuficiencia en el marco normativo legal que desde hace más de una década regula las violencias basadas en el género en Venezuela, pues muy a pesar de la promulgación y las reformas que se han hecho a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el 2021 cerró con esa alarmante cifra.
La organización indica en su informe que, aún con el «importantísimo avance que significa la incorporación de los nuevos tipos de violencia en esta reforma», consideran que luego de más de una década de la promulgación de la primera ley, aún quedan formas de violencias que no están siendo tipificadas en la normativa.
Es así como desglosan que la violencia callejera (el acoso verbal y sexual en los espacios públicos) o la violencia psicológica en los estrados (producto de la revictimización de las mujeres en las audiencias públicas), no están tipificadas en dicha ley promulgada en 2007 y reformada en 2014.
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Añade el Observatorio de Cepaz que aunque desde el año 2014 se reconoce el tipo penal de femicidio, todavía no se han logrado iniciativas, debates y consensos que lo modifique y extienda a feminicidio, «un término que entre otros elementos incorpora la impunidad, negligencia o complicidad de las autoridades encargadas de prevenir y erradicar la violencia contra la mujer».
Para Cepaz, esta ley y su reforma legal deja de lado, por ejemplo, a los niños huérfanos de mujeres víctimas de femicidios. Los niños huérfanos no reciben, de acuerdo con la norma, una reparación económica ni una atención integral frente a la pérdida de su madre, expreza la organización.
Después de hacer estas y otras consideraciones sobre la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Observatorio de Femicidios de Cepaz considera que esta reforma legal, más que un avance, representa una oportunidad del Estado de asumir en la práctica los retos que significa erradicar la violencia contra la mujer.
Las barreras en el acceso a la justicia de las mujeres
Cepaz reconoce la existencia de un marco normativo especializado en los derechos de las mujeres a una vida libre de violencias y lo asume como un avance muy significativo, sin embargo aclara que ello parece no ser suficiente cuando en la práctica existen diferentes barreras.
Expresan que los centros de atención no cuentan con personal realmente preparado y en donde las mujeres suelen ser revictimizadas; no hay líneas telefónicas disponibles o efectivas; no se conoce la existencia real de casas de abrigos disponibles, y con la nueva normativa debemos sumar su carácter temporal.
«Las órdenes de protección y seguridad no están siendo efectivas pues no hay un seguimiento de la medida», recalca el observatorio, el cual agrera que tampoco existen datos actualizados sobre indicadores de salud, educación, o de los efectos desproporcionados de la emergencia humanitaria compleja en las mujeres.
Aseguran que ocurre lo mismo con la violencia contra la mujer, en donde no se cuenta con datos oficiales.