Los jubilados, pensionados por incapacidad, sobrevivientes dependientes de todo el país, deben enviar la fe de vida de 2022, proceso que pueden cumplir entre los meses de enero y marzo.
El comunicado fue enviado a los distintos ministerios para dar cumplimento al artículo 37 del Reglamento de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional de los Estados y Municipios.
[email protected], es el correo que deben utilizar los interesados para enviar el documento de fe de vida y pueden tramitar este procedimiento en los meses de enero, febrero y marzo de 2022, requisito indispensable para continuar percibiendo el pago por concepto de jubilación por ente ministerial.
Debido a la emergencia declarada en marzo de 2020, no se abrirá recepción de este documento de manera presencial y así continuar con las medidas preventivas para evitar el aumento de contagios por la COVID-19.
También dejan claro los ministerios que la fe de vida debe llevar sello húmedo, presentada por la prefectura o jefatura civil, tribunal o notaría, contactos telefónicos y dirección completa del ente público donde se emitió la fe de vida, fecha de expedición, huellas dactilares, dirección y teléfonos del titular del beneficio, fotocopia de la cédula, foto del beneficiario mostrando la fe de vida, y los familiares de un beneficiado que haya fallecido recientemente deben enviar el acta de defunción, con los documentos antes mencionados.
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