Acceso a la Justicia: El nuevo CNE designado por la AN oficialista viene con defecto de fábrica

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Para la designación de los integrantes del nuevo Consejo Nacional Electoral, electos no por el Tribunal Supremo de Justicia, sino por la AN electa el 6 de diciembre, los legisladores desatendieron los aspectos medulares previstos en la legislación venezolana, situación que aumenta las dudas sobre la legitimidad de sus designaciones, advierte la ONG Acceso a la Justicia.

En efecto, por primera vez en más de una década, la Asamblea Nacional (AN), y no el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), designó a los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE). Sin embargo, el proceso que terminó con el nombramiento de Pedro Calzadilla, Enrique Márquez, Alexis Corredor, Tania D’Amelio y Roberto Picón revela que los legisladores desatendieron los aspectos medulares previstos en la legislación venezolana, una situación que aumenta las dudas sobre la legitimidad de las designaciones y puede hacer difícil la posibilidad de recuperar la confianza en la institución del voto como mecanismo para superar la grave crisis política e institucional de Venezuela.

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Al hacer un seguimiento al proceso adelantado por la AN oficialista electa en los cuestionados comicios del 6 de diciembre de 2020 Acceso a la Justicia detectó seis vicios de fondo, que se señalan a continuación.

1. La dudosa legitimidad de la AN

La actual AN fue producto de un proceso electoral viciado, que comenzó cuando la Sala Constitucional del TSJ designó un CNE ilegítimo que organizó unas elecciones parlamentarias a la medida de los intereses del Gobierno de Nicolás Maduro. Las votaciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2020 negaron y violaron el principio democrático y el principio de pluralismo político, por lo tanto, la ciudadanía mal puede sentirse representada por este Parlamento prácticamente unicolor.

Se trata de un Poder Legislativo que carece de pluralidad, autenticidad y legitimidad, básicamente porque nació de un fraude sustentado en un sistema electoral que buscó asegurar la victoria absoluta de los candidatos del oficialismo e impidió la representación de la mayoría de los partidos de la oposición, luego de que fueran intervenidas sus juntas directivas por parte del máximo juzgado, y sustituidas arbitrariamente por dirigentes simpatizantes del oficialismo.

Las dudas sobre la transparencia del proceso comicial hicieron que decenas de gobiernos e instituciones no reconocieran sus resultados. Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) denunció en su informe anual 2020 que:

«Las elecciones parlamentarias en 2020 fueron desarrolladas sin observación, garantías de competitividad o pluralidad, con lo que se profundiza aún más la crisis institucional, permitiendo la concentración casi absoluta del poder público en manos del Poder Ejecutivo y aumentando el margen para arbitrariedades».

2. Un comité evaluador alejado del mandato constitucional

Otro aspecto que mancha al CNE actual está relacionado con la designación del Comité de Postulaciones Electorales (CPE), instancia que seleccionó a los aspirantes a rectores. ¿La razón? Su constitución descansó en la cuestionable constitucionalidad del artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), norma que estipula que el comité debe estar integrado por veintiún miembros, de los cuales once son diputados. Esta previsión es absolutamente contraria a lo que dispone el artículo 295 constitucional, el cual señala que el órgano evaluador «estará integrado por representantes de los distintos sectores de la sociedad» y no por diputados, aunque sea parcialmente.  

No debería extrañar entonces que el proceso de renovación del CNE se haya dado sin dilación alguna, ya que seis de los once diputados del comité fueron de las filas del oficialismo. Como si lo anterior fuera poco, varios de los diez representantes de la sociedad civil aparecieron vinculados al partido gobernante; por ejemplo, dos de ellos integraron la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC), tal como fue denunciado por Acceso a la Justicia. 

Visto lo anterior, se puede concluir que si el proceso de selección del CPE no se ajustó al mandato constitucional se puede poner en tela de juicio la validez e idoneidad de la designación de los funcionarios principales y suplentes electos como rectores.

3. Una selección opaca

La selección de los representantes de la sociedad civil que integraron el Comité de Postulaciones Electorales estuvo cubierta por un manto de opacidad, pues la Comisión Preliminar en ningún momento dio a conocer la metodología para elegir a los candidatos, ni mucho menos los criterios y el baremo utilizado.

Casi sobra decirlo, pero esta manera de proceder, sin ninguna transparencia, no ofrece una garantía de seguridad jurídica. Indudablemente la falta de conocimiento acerca de cómo se eligieron los representantes de la sociedad civil dificulta establecer los controles adecuados para asegurar una integración plural e independiente de esta instancia de la AN.

4. Cambio de reglas con el juego ya iniciado

Las modificaciones que sufrió el cronograma, en particular la extensión por diez días adicionales del plazo para las postulaciones, representó otra irregularidad. No hay que olvidar que el artículo 24 de la LOPE establece un lapso de catorce días continuos, sin ninguna posibilidad de ser modificado para presentar nombres de posibles árbitros.

Pese a que el Comité había cumplido con la fase de postulación y selección de los aspirantes a rectores del CNE, la instancia evaluadora decidió abrir otra convocatoria, bajo la excusa de que la cuarentena decretada por el Gobierno para combatir la pandemia de COVID-19 impidió que muchos aspirantes pudieran hacer el trámite correspondiente.

La fijación de los lapsos en la LOPE trata de limitar la discrecionalidad del Comité de Postulaciones Electorales, al tiempo que favorecer un clima de confianza en el proceso y verificar que este se lleve a cabo según parámetros acordes al Estado de derecho y bajo criterios democráticos.

5. Postulado por uno y elegido por otro

El artículo 296 constitucional establece que el CNE estará integrado «por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos»; tres de los cuales serán «postulados por la sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno por el Poder Ciudadano». No obstante, al momento de realizar las designaciones, la AN oficialista realizó unos cambios que ponen en entredicho la credibilidad del proceso. Así lo denunció la asociación civil Súmate.

La agrupación expuso el caso del exdiputado y ahora vicepresidente del CNE, Enrique Márquez, quien había sido postulado por el sector de las universidades, pero fue seleccionado por la AN como uno de los representantes de la sociedad civil.  Idéntica situación sucedió con el exministro de Educación Superior y actual presidente del árbitro electoral, Pedro Calzadilla, quien fue postulado por la sociedad civil, pero fue nombrado como representante del Poder Ciudadano.

La dimensión de esta irregularidad se extiende también a los rectores suplentes Leonel Parica, Saúl Bernal, Conrado Pérez y León Arismendi, quienes fueron postulados por la sociedad civil, el Poder Ciudadano, y las universidades, respectivamente, pero fueron seleccionados por la AN en representación del Poder Ciudadano, en el caso de Parica, y por la sociedad civil el resto de los nombres.

La sustitución sin ninguna justificación de los sectores en los que fueron postulados los miembros seleccionados para integrar el nuevo CNE es un secuestro de los espacios de participación directa de cada uno de los sectores postulantes, lo que irrespeta el derecho a la participación en los asuntos públicos (artículo 62 constitucional) y, además, contradice lo dispuesto en el artículo 296 de la Carta Magna.

Cabe aclarar que la designación de las autoridades del CNE no es una potestad discrecional del Parlamento, sino una actividad reglada por una ley y que está sujeta a una serie de parámetros, los cuales deben cumplirse cabalmente.

6. Rectores con vínculos partidistas

La «despartidización» es uno de los principios que debe regir a los órganos del Poder Electoral, de acuerdo con el artículo 294 de la Constitución. Sin embargo, en la selección hecha por la actual AN esto no se cumplió. Súmate denunció que 60% de los miembros del nuevo árbitro electoral (tres rectores principales y seis suplentes) está o estuvo vinculado con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), en consecuencia, se «incumple con el requisito de elegibilidad establecido en los artículos 296 de la Constitución y 9, numeral 4, de la LOPE que exigen sean personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos».

Súmate apuntó además que  tres rectores principales (Tania D´Amelio, Pedro Calzadilla y Alexis Corredor) y seis suplentes (Carlos Quintero, Francisco Garcés, Leonel Parica, Rafael Chacón Guzmán, Gustavo Vizcaíno y Saúl Bernal):

«fueron objetados por nuestra organización ciudadana en el lapso legal abierto por el CPE, luego de publicadas la primera Lista de 75 elegibles preliminar del 11 de marzo y la segunda Lista de 38 elegibles preliminar del 10 de abril; por su clara y evidente vinculación con el PSUV, demostrado en la mayoría de ellos en su inscripción como militantes y en su desempeño en los cargos y funciones públicas».

Calzadilla, quien ahora preside el CNE, fue ministro de Educación Superior y de Cultura, mientras Corredor fue miembro de la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente. Por su parte, D’Amelio antes de llegar al CNE en 2007 fue diputada a la AN por el chavismo; además, tanto ella como el suplente Carlos Quintero formaron parte del CNE designado írritamente por la Sala Constitucional, mediante sentencia n° 70 del 12 de junio de 2020, y ambos han sido sancionados por el gobierno de Estados Unidos.  

Las anomalías en el caso de D’Amelio no se limitan a su pasado partidista; es la única que repite como rectora, algo que parece ir a contracorriente de lo establecido en el artículo 8 de la LOPE que permite la reelección hasta un máximo de dos períodos. La funcionaria ya había sido ratificada por el TSJ en una primera oportunidad en 2016, antes de recibir una segunda bendición a mediados del año pasado. Este sería su tercer período en el organismo.

Pero no solo el chavismo parece tener a sus rectores. El vicepresidente del organismo, Enrique Márquez, fue dirigente del partido Un Nuevo Tiempo (UNT) y gracias a esa formación fue electo diputado durante la legislatura 2015-2020.

Finalmente, debe decirse que en el nuevo CNE aparecen rectores principales y suplentes, que fueron candidatos postulados por organizaciones no gubernamentales, como es el caso de la rectora suplente Griselda Colina y el rector principal Roberto Picón. Su presencia puede darle un nuevo aire al CNE, pero dependerá hasta qué punto prevalezcan los criterios técnicos sobre los políticos.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

Las irregularidades descritas reducen la legitimidad del nuevo CNE, lo que puede afectar su credibilidad y confianza entre los venezolanos. Sin embargo, dependerá de cómo actúe de cara a la administración de futuros procesos electorales, y ello será indispensable para poder valorar realmente su legitimidad en el ejercicio de sus funciones, así como su transparencia. En todo caso, esta nueva etapa del CNE tiene la difícil tarea de establecer un marco que garantice la reconciliación nacional por medio de elecciones justas, equitativas y libres, y para ello tiene claramente que demostrar su carácter autónomo e independiente ante los intereses políticos del Gobierno de Maduro que tiene la costumbre de que sean satisfechos sin ningún inconveniente.

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